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¿Puedo conducir sin camiseta o en bañador? Esto es lo que dice la DGT

Con la llegada del verano, especialmente en la playa, la piscina o las zonas de vacaciones, vamos en bañador. Pero, ¿se puede conducir así?

Con la llegada del verano, las altas temperaturas invitan a vestir ropa ligera, especialmente cuando estamos en la playa, la piscina o las zonas de vacaciones. Muchos conductores se preguntan entonces si pueden ponerse al volante en bañador, sin camiseta o incluso con chanclas. Aunque pueda parecer una cuestión simple, la DGT ha aclarado en varias ocasiones cómo estos aspectos pueden influir en la seguridad vial y en las posibles sanciones:

Lo que dice la ley de la camiseta y el bañador

Legalmente, no existe una normativa específica que prohíba conducir en bañador o sin camiseta. El Reglamento General de Circulación no menciona de forma explícita el tipo de vestimenta que se debe llevar mientras se conduce. Sin embargo, esto no significa que esté permitido. Por su parte, el reglamento sí establece que el conductor debe mantener en todo momento la libertad de movimientos, el campo de visión despejado y la atención constante a la conducción, evitando distracciones o limitaciones que puedan comprometer la seguridad.

¿Puedo conducir sin camiseta o en bañador? Esto es lo que dice la DGT

Conducir sin camiseta o con mucha piel al descubierto no es ilegal, pero sí podría significar una multa si las autoridades consideran que compromete la seguridad. Por ejemplo, el contacto de la piel con el asiento en días de calor puede provocar quemaduras o incomodidad, lo que puede suponer una distracción o un reflejo involuntario que altere la conducción. La falta de ropa aumenta el riesgo de lesiones por el cinturón de seguridad o por contacto con otras partes del vehículo. En cuanto al bañador, ocurre algo similar: aunque no está prohibido, llevarlo da lugar a que un agente lo considere potencialmente peligroso si, por ejemplo, va mojado.

En cuanto a las chanclas…

Uno de los aspectos que más preocupa a la DGT no es tanto la vestimenta, sino el calzado. Conducir con chanclas, sandalias o incluso descalzo puede ser motivo de sanción si se considera que dificulta el control de los pedales. Este tipo de calzado puede salirse fácilmente o quedar enganchado, reduciendo la capacidad de reacción en una situación de emergencia. En estos casos, la multa puede ascender a 200 euros, aunque no conlleva pérdida de puntos del carnet.

Sin duda, lo más recomendable es llevar ropa y calzado que no interfieran con la conducción, que garanticen comodidad y seguridad y permitan disfrutar del verano, sin multas ni riesgos para la seguridad vial.

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