Recibir una multa de tráfico nunca es agradable, pero aún peor puede ser ignorar los requerimientos posteriores por parte de la Administración. Uno de los casos más graves es no identificar al conductor de tu coche tras una infracción cuando la DGT u otra autoridad competente lo solicita. Este gesto, que puede parecer una forma de esquivar la sanción, acarrea una multa mucho mayor y sin posibilidad de acogerse a los beneficios habituales como el pronto pago.
Cuando se comete una infracción y el conductor no ha sido detenido en el acto, es habitual que la administración remita una notificación al titular del vehículo solicitando que indique quién iba al volante en el momento de la infracción. Es un proceso habitual en multas captadas por radares, cámaras o dispositivos de control automatizados. El objetivo es aplicar correctamente la sanción, sobre todo si esta conlleva pérdida de puntos del carné.
Hasta el triple
Si el titular del vehículo no colabora y no facilita los datos del conductor, la infracción puede ser considerada muy grave según la Ley de Seguridad Vial. Las consecuencias varían en función de la multa de la que se trate. En el caso de infracciones leves y graves sin puntos, la identificación de voluntaria y si pagas la multa se entenderá que eres tú el conductor.
En el caso de infracciones graves con puntos o muy graves, la cosa se complica. Es obligatorio identificar al conductor. Aunque seas tú mismo. En este caso, la multa no será la misma que la original: se multiplica por dos e incluso por tres si el titular del vehículo es una empresa o una persona jurídica. Las obligaciones son las mismas en el caso del renting para el conductor habitual. Esta sanción se aplica incluso si el titular del vehículo era, en realidad, quien conducía.
Además, no existirá la posibilidad de obtener el 50 por ciento de bonificación por pronto pago, ni siquiera si acaba reconociendo la infracción o pagando dentro del plazo.
El plazo para realizar esta identificación es de 20 días naturales contados desde el día siguiente al que te haya llegado la comunicación del requerimiento. Si se deja pasar ese tiempo sin respuesta, el procedimiento sancionador se activa automáticamente con la correspondiente multa agravada.

Y si no tiene permiso de conducir
Otro aspecto clave que muchos desconocen: si el conductor implicado no tiene carné de conducir, la responsabilidad recae por completo sobre el titular del vehículo. La ley es clara al respecto: quien posee un vehículo debe evitar que lo conduzcan personas sin permiso o licencia de conducción correspondiente. No hacerlo puede derivar en sanciones adicionales e incluso en responsabilidades penales si hay reincidencia o consecuencias graves.
Cómo podemos identificarlo
La identificación del conductor puede realizarse de varias formas. En el caso de multas impuestas por la DGT, es posible hacerlo de forma telemática a través de la sede electrónica de la DGT. Necesitaremos el número de expediente y el código de notificación. También se puede gestionar desde la app miDGT, dentro del apartado de multas pendientes. Si se recibió la notificación a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV), la respuesta también debe realizarse por medios electrónicos obligatoriamente.
Para quienes prefieran otros métodos, aún es posible identificar al conductor por correo postal, devolviendo el impreso que llega con la multa debidamente cumplimentado, dirigido a la Jefatura de Tráfico correspondiente o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas. Por último, también se puede acudir presencialmente a una Jefatura de Tráfico, siempre con cita previa solicitada por internet o llamando al 060.
La información que se debe facilitar incluye el nombre completo, DNI, dirección postal y número de permiso de conducir de la persona que iba al volante. Estos datos permiten a la DGT verificar la identidad en su Registro de Conductores e Infractores. Si el conductor no reside en España, también es obligatorio aportar toda la información que sea posible.
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