Nueva sentencia contra este sistema

Anulada otra multa de un semáforo con cámara en Madrid

Autofacil
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Una sanción impuesta mediante el sistema de foto-rojo ha sido anulada por los tribunales al entenderse que la imagen captada por la cámara no es prueba suficiente de que el conductor realmente se ha saltado el semáforo.


Según la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que ha instruido el caso, las imágenes tomadas por la cámara en el semáforo constituye un «mero indicio», y no puede ser una prueba concluyente para imponer una sanción. Según la sentencia, la denuncia debería incluir algún documento «que demuestre la fiabilidad del instrumento de captación y que permita enlazar con la presunción de veracidad del agente denunciante». Igualmente, «no puede entenderse que haya sido captado por un instrumento que no admita manipulación o que pase controles que aseguren el regular funcionamiento».

La presunta infracciónde saltarse un semáforo en rojo para la que se ha anulado la sanción se produjo a la altura del Paseo de la Castellana 105. La Dirección de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid había impuesto una multa de 200 euros y cuatro puntos al conductor en cuestión, defendido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA). Esta organización ha recordado que, en dos meses, se han emitido cuatro sentencias cuestionando el sistema foto-rojo, y que el Ayuntamiento de Madrid no respeta con este método la presunción de inocencia.