Sanciones de los más extravagantes

Multados por girar la cabeza en exceso

Autofácil
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Hasta seis conductores fueron sancionados por la policía municipal de la localidad pontevedresa de Poio el pasado 18 de abril, en un plazo de 20 minutos por, según las notificaciones, "girar la cabeza más de 45 grados".


En ocasiones, los agentes de la autoridad imponen sanciones de tráfico difícilmente justificables y que rayan lo esperpéntico, como las seis denuncias impuestas por agentes de la policía local de Poio (Pontevedra) el pasado 18 de abril, cuando en el lapso de 20 minutos, deunciaron a seis conductores por girar la cabeza más de 45 grados para mirar al coche radar en el que se encontraban los agentes, justo cuando pasaban a su lado.
Esta actitud que, según los agentes, pone en riesgo la seguridad del tráfico, está sancionada con una multa de 100 euros, que se quedan en 50 con la reducción por ‘pronto pago’.
Este caso no es el único de multas extrañas impuestas por los cuerpos de tráfico. Una trabajadora de un hotel de Santiago fue multada hace unos días con 80 euros porque se le cayó la «L» del cristal y en 2008 la conductora de un Mini Cooper fue sancionada por circular a ¡750 kilómetros por hora! por el barrio vigués de Coia.
Uno de los casos más polémicos en España fue el de Tomás Valdivieso, un abogado canario que en 2003 fue multado por la Guardia Civil por rascarse la oreja. El hombre circulaba por la A-6 de Madrid cuando dos agentes le dieron el alto y lo acusaron de ir hablando por el móvil, algo que él negó, pudiendo demostrar que la última llamada era del día anterior. SIn embargo los agentes no cejaron en su empeño sancionador y le pusieron una multa por «sujetarse la oreja con su mano derecha de forma permanente sujetando el volante con una mano». La multa fue retirada un año más tarde.
Entre los comportamientos de conductores que pueden dar lugar a sanciones en matería de tráfico encontamos, «poner adornos, dibujos o publicidad en la matrícula», algo penado con 80 euros y, en el caso de los peatones, atravesar la calzada muy despacio aunque sea por un paso de cebra, sin razón justificada, puede significar 80 euros de multa.