¿Puedo recurrir una multa que me han impuesto sin pruebas objetivas?

¿Es posible recurrir la sanción basándome en que se realiza mediante la estimación y no una verificación objetiva realizada por este agente? Porque... ¿cómo sabe él que no reduje mi velocidad al aproximarme si no disponía de ningún instrumento de medición, como un radar? Además, ¿qué se considera "suficiente antelación"?


Hace unos días, me sancionaron por saltarme un ceda al paso que daba acceso a una rotonda. El caso es que, al aproximarme a ella, yo reduje la velocidad, pero como tenía muy buena visibilidad y los coches que circulaban por su interior venían a una distancia suficiente como para no provocar un accidente, pasé sin más. Sin embargo, un agente de la Guardia Civil que estaba situado en uno de los ramales de la propia rotonda, me paró y me denunció.

En el boletín figura, como motivo de la denuncia: «No mostrar con suficiente antelación, por su forma de circular y, especialmente, con la reducción paulatina de la velocidad, que va a ceder el paso en una intersección». Por eso, os preguntoRESPUESTA DE ANA MARÍA AMADOR, DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO DE CEA: Sí, puedes recurrir esta multa alegando que se trata de una denuncia subjetiva, que circulabas correctamente, y que realizaste la reducción de velocidad adecuada.

Además, cuando la recurras, solicita como prueba que el propio agente aclare si hay algún conductor de otro vehículo que pueda testificar que tuvo que frenar por tu culpa y, de existir, que el agente facilite los datos del coche al cual, supuestamente, no le cediste el paso.

En estos casos puede suceder que el agente no se ratifique en la denuncia y que se estimen tus alegaciones. Si no fueran estimadas, también podrías presentar una demanda ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo… y dejar que sea el juez el que decida si la denuncia es válida o no; aunque para ello necesitarías contratar un abogado -N. de la Redacción: te costará desde aprox. 500e- y pagar las tasas judiciales -200e-.

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