Por fin se ha aprobado la modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en la que se recogen cambios sustanciales en materias que afectan a la formación y a la seguridad de los conductores.
En un intento de dotar a las carreteras españolas de conductores cada vez más cualificados y con el fin de disminuir las posibilidades de sufrir un accidente de tráfico, así como de adaptar la normativa a los constantes cambios evolutivos que se producen en la sociedad, se ha aprobado entre otras medidas:
- La prohibición del uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir. También está prohibida la colaboración o asistencia en la utilización de dichos dispositivos.
- Cualquiera de estas infracciones será sancionada con una multa de 500€ y el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.

Pero como la tecnología en sí no es negativa para la conducción, sino que lo es el uso que se hace de ella, con fines de una mejor comunicación y para facilitar la posibilidad de navegación a través de GPS, se autoriza para los motoristas:
- La utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y de ciclomotor, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

Desde la Academia del Transportista estamos comprometidos con la seguridad en la conducción y con el avance de la tecnología y su integración en nuestro día a día, pero teniendo presente nuestras recomendaciones:
- HAZ BUEN USO, NO UN ABUSO.
- LA COMUNICACIÓN MÁS IMPORTANTE ES LA QUE PODRÁS HACER CUANDO LLEGUES A DESTINO.
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