¿Recuerdas cuando te sacaste el carnet de conducir o ya se te ha olvidado lo que significa cada señal? Esto último es más común de lo que podría parecer, y más si tenemos en cuenta que hay señales de tráfico que son bastante extrañas de ver. Para comprobar tus conocimientos, al final de este reportaje adjuntamos un pequeño test que te permitirá evaluar tus conocimientos generales sobre circulación -y saber si, a día de hoy, aprobarías el examen-; sin embargo, antes te desvelamos qué significan las señales de tráfico más raras:
R-100
Circulación prohibida a toda clase de vehículos -incluidas las bicicletas- y en ambos sentidos. l ¿Dónde la verás? En entradas a parques naturales o caminos rurales, y también en paseos marítimos.
Si no la respetas 200€

R-102 y R-103
Entrada prohibida a vehículos de motor a una vía o camino. Existe una variante de esta señal, la R-103, que prohíbe la entrada a vehículos de motor€ excepto a motocicletas de dos ruedas sin sidecar. l ¿Dónde las verás? La R-102, en caminos de acceso a playas o la entrada de un parque natural que cuente con sendas exclusivas para bicicletas. La R-103 se está empezando a situar en zonas urbanas donde se quiere potenciar el uso de motocicletas para evitar atascos.
Si no las respetas, 80€
R-307
Parada y estacionamiento prohibido Indica que desde la vertical de la señal hasta la primera intersección está prohibido tanto estacionar como realizar paradas -detenciones inferiores a dos minutos- en el lado de la calzada en el cual está la señal. Debería ir acompañada de una línea continua amarilla pintada en el borde de la calzada o en el bordillo de la acera si existe. l ¿Dónde la verás? En cualquier vía urbana, está muy extendida.
Si no la respetas, entre 80 ó 200€
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R-308.a , R-308.b , R-308.c y R-308.d
Estacionamiento prohibido los días pares
Se trata de una variante de la señal R-308 -de estacionamiento prohibido- que prohíbe aparcar, durante los días impares, en el lado de la calzada donde esté colocada. La prohibición comienza desde la vertical de la señal hasta la primera intersección, pero ojo, no prohíbe la parada de vehículos. Otras variaciones de la R-308 son la R-308.b, que prohíbe estacionar los días pares; la R-308.c, que señala la prohibición de aparcar durante la primera quincena -desde las 9 h del día 1 hasta las 9 h del día 16 de cada mes-; o la R-308.d, que prohíbe estacionar en una zona durante la segunda quincena de cada mes -desde las 9 h del día 16 hasta las 9 h del día 1-. ¿Dónde las verás? En vías urbanas de localidades pequeñas, sobre todo en calles estrechas donde si estacionas en ambos lados de la calzada, no podrían pasar los vehículos. Con la instalación de estas señales en una misma calle se va rotando el uso de ambos laterales para estacionar.
Si no las respetas, entre 80 y 200 €

R-408 y R-409
Camino para vehículos de tracción animal
Indica la obligación para estos vehículos de utilizar el camino a cuya entrada esté situada, pero no prohíbe el acceso a ningún usuario. Ojo, una variante, la R-409, indica la obligación de usar el camino así señalizado a jinetes de animales de montura -caballos, mulos€-, y prohíbe al resto de usuarios utilizar esa vía.
¿Dónde las verás? En el ámbito rural, en cualquier camino o vía pecuaria -esto es, en pasos habituales de ganado-.
Si no las respetas 80 ó 200€
R-5 y R-6
Prioridad en sentido contrario Marca la prohibición de entrar en un paso estrecho si no puedes atravesarlo sin obligar a los vehículos que circulen en sentido contrario a detenerse. Se complementa, en el carril contrario y al otro lado del paso, por la señal R-6 de prioridad, que indica a los conductores que, en el próximo paso estrecho, tienen preferencia frente a quien circule en el otro sentido.
¿Dónde las verás? A la entrada de pasos estrechos -en carreteras- o en pueblos, cuando alguna calle resulta muy angosta.
Si no la respetas 80€


R-108 , R-109 y R-110
Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías peligrosas Marca la prohibición de paso para todo tipo de vehículos que las transporten. Asimismo, existe la señal R-109, que sanciona el paso de todos los automóviles que transporten mercancías explosivas e inflamables; y la R-110, que prohíbe el paso a todos aquellos que transporten más de 1.000 litros de productos capaces de contaminar el agua.
¿Dónde las verás? Las tres señales se sitúan en el acceso de pueblos cercanos a las rutas de vehículos que transportan mercancías peligrosas -establecidas por la Administración-. La R-110 también se puede encontrar cerca de nacimientos de ríos, parques naturales, piscifactorías, depuradoras, etc.
Si no las respetas 80€

S-12 y S-11
Tramo de calzada de sentido único En el tramo que se prolonga en la dirección de la flecha, los vehículos deben circular en el sentido indicado.
Además, prohíbe la circulación en sentido contrario. Ojo, no confundir con la S-11, que indica que toda una calzada es de sentido único.
¿Dónde la verás? La S-12, en barrios y vías peatonalizadas, para dar acceso a sus garajes a los residentes. La S-11, más frecuente, en vías urbanas o interurbanas.
Jamás toques una señalEl artículo 142 del Reglamento General de Vehículos indica que «nadie debe instalar, retirar, trasladar, ocultar o modificar la señalización de una vía sin permiso». Asimismo, prohíbe «modificar el contenido de las señales o colocar sobre ellas o en sus inmediaciones, placas, carteles, marcas u otros objetos que puedan inducir a confusión, reducir su visibilidad o su eficacia, deslumbrar a los usuarios de la vía o distraer su atención». Cualquiera de estas acciones está sancionada con 3.000 euros de multa, y penas de seis meses a dos años de prisión o el pago de una multa diaria de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días. Hasta 3.000€ de sanción |
Si no respeto una señal€ ¿cómo me sancionarán?
«Depende de la señal concreta a la que hayas hecho caso omiso», señala N.P., agente de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y miembro de la asociación Unión de Guardias Civiles. Y es que existen algunas que conllevan una sanción de 200e y la retirada de 4 puntos -como no respetar una de stop o de ceda el paso-; otras cuya desobediencia supone 200e de multa -por ej., circular por un carril reservado para autobuses o por uno destinado a bicis-; otras de 80e -entrada prohibida a vehículos de motor…-; y otras -como las de prohibición, restricción u obligación- en las que el agente tiene la potestad de sancionarte con 80e o 200e -ver R-307, R-308.a…-. En este último caso, ¿de qué depende que te imponga una o otra? «Principalmente, del lugar donde se haga caso omiso de una señal -no es lo mismo hacerlo en una carretera nacional con tráfico que en una convencional sin él- y del peligro que cause ese hecho», explica N.P.