Sin embargo, otros me dicen que esa norma estaba vigente hace años pero que, ahora, en Tráfico sí pondrán el coche a nombre del comprador… ¿Quién tiene razón?
José Javier Fernández
► RESPUESTA DE OLGA MUÑOZ, RESPONSABLE DE GESTORÍA DE CEA:Tu duda es comprensible, José Javier, ya que Tráfico ha ido variando esta disposición con el tiempo. En la actualidad, las jefaturas sí realizan el cambio de titularidad de un automóvil aunque este no haya pasado la ITV, pero ojo porque, desde el verano pasado, sí lo indican en el permiso de circulación y, es más, hasta que el coche pase la ITV -no se especifica el plazo para superarla-, el permiso de circulación de ese vehículo no será válido. Por eso, si alguien comprara tu coche, debería pasar la ITV lo antes posible -su precio varía según CC.AA., de media, cuesta unos 45e-… ya que, si no lo hace y la Policía o la Guardia Civil lo para, no sólo lo multarán por circular con la ITV caducada-supone 200e de sanción- sino, también, por hacerlo con un permiso de circulación que no tiene válidez -80e de multa-.