El problema vino cuando el comercial nos indicó que no nos podía dar la documentación del vehículo porque éste tiene pendiente una carga económica. -N de la R.: si es así, Tráfico no tramita el cambio de titularidad-. Pagamos las letra cada mes, pero no tenemos los papeles del coche… ¿Qué podemos hacer para lograr la documentación? ¿Y qué puede ocurrir si circulamos sin ella?
Montserrat Muñoz, E-mail
► RESPUESTA DE ANA MARÍA AMADOR, DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO DE CEA: Antes de adquirir un vehículo, siempre es recomendable solicitar a Tráfico un informe de titularidad del mismo -cuesta 8,20e-, puesto que en ese documento aparece si el coche tiene pendiente alguna carga, no ha pasado la ITV…; en definitiva, cualquier circunstancia que impida su cambio de titularidad.
Por otro lado, la obligación legal de cualquier vendedor es entregar el vehículo libre de cargas, por eso, debéis reclamar al concesionario para que cancele la deuda del anterior titular -puede ser que el coche mantenga una reserva de dominio con una financiera, que el titular tenga pendientes sanciones de tráfico o el pago de impuestos…- y tramite el cambio de titularidad. Para hacerlo, tenéis que solicitar una hoja de reclamaciones al concesionario y presentar una copia ante Consumo del ayuntamiento o de la localidad del vendedor.
Si eso no da resultado y la concesión no pone a vuestro nombre el vehículo, podéis interponer -siempre antes de que pase un año desde la compra- una denuncia ante el Juzgado de Primera Instancia de la localidad del vendedor solicitando la resolución del contrato: esto es, que os devuelvan el dinero entregado por el coche. Ahora bien, siempre que la cantidad que se reclame supere los 2.000 euros, tendréis que contratar obligatoriamente un abogado y un procurador -desde 600 euros aproximadamente- y abonar las tasas judiciales.
En cuanto a qué puede ocurriros por circular sin la documentación del vehículo, de entrada, las posibles sanciones que cometa ese coche no os llegarán a vosotros, sino al antiguo titular. Además, si se lo lleva la grúa -por ejemplo, por aparcar de forma incorrecta-, aunque pagaseis la sanción correspondiente, no os lo devolverían… ya que no se encuentra a vuestro nombre; únicamente se lo entregarían al titular que aparece en Tráfico.