Dormir en una furgoneta está sancionado por la DGT: te pueden multar con hasta 6.000 euros

Cristina Muñoz
Cristina Muñoz
Después del confinamiento por la pandemia, el número de caravanas y camper que circulan por España sigue en aumento. Antes de salir a carretera con uno de estos vehículos conviene saber cosas como que dormir en una furgoneta camper o en una caravana conlleva una sanción importante.

El auge de las caravanas, autocaravanas y camper ha provocado que muchos nuevos usuarios de este tipo de vehículos tengan dudas acerca de su uso y normativa. ¿Puedo dormir en una furgoneta camper aunque sea en una zona que no está habilitada para ello? ¿Y colocar sillas o mesas fuera de la autocaravana en cualquier sitio? Intentamos responder a todo esto para que no te pille por sorpresa y recibas una multa por no saberlo.

Diferencias entre acampar y pernoctar

En primer lugar, debemos aclarar cuáles son las diferencias entre acampar y pernoctar en una caravana o furgoneta camper:

1.- Se considerará que estamos acampando si desplegamos elementos que sobrepasan el perímetro del vehículo como toldos, soportes de estabilización, dispositivos de nivelación, abrimos las ventanas abatibles, colocamos sillas o mesas fuera de la autocaravana o furgoneta camper, etc.

2.- Por el contrario, pernoctar se refiere a que los ocupantes de la furgoneta camper o caravana duermen en en el interior de ella cuanto esté estacionada en la calle.

¿Puedo dormir en una furgoneta en cualquier sitio?

La instrucción 08/V-74 de la Dirección General de Tráfico (DGT) indica que «las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo».

Es decir, el uso del habitáculo de una caravana o furgoneta camper está permitido siempre que el vehículo esté estacionado correctamente, tal y como establece el Reglamento General de Circulación (artículos del 90 al 94) cuando describe las normas respecto al modo de ejecución, colocación correcta del vehículo y lugares prohibidos para el estacionamiento de estos vehículos.

Por tanto, si el vehículo está «correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si las hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes estén en el interior del mismo». Por lo que sus ocupantes podrían dormir en él perfectamente.

Mercedes-Benz EQV eCamper en el salon del caravaning de Dusseldorf

No obstante, en las zonas urbanas hay que tener especial cuidado puesto que el Reglamento General de Circulación en el artículo 90.2 establece que, en cada población, «deberá observarse lo dispuesto en las ordenanzas que dicte la autoridad municipal».

¿Cuáles son las multas?

Si la autoridad considera que, en lugar de pernoctar con nuestro vehículo correctamente estacionado según la normativa, lo que estamos haciendo es acampar con nuestra autocaravana o furgoneta camper en un lugar que no está permitido, nos sancionará. La cuantía de la multa dependerá del lugar en el que nos encontremos acampados y de los elementos que tengamos fuera el vehículo e, incluso, de si tenemos alguna barbacoa. Por ejemplo, acampar o pernoctar con una autocaravana o furgoneta camper en las playas del Delta del Ebro puede costarnos hasta 6.000 euros.

dormir en una furgoneta

Así mismo, de carácter general, la Ley de Costas nos puede sancionar con 40 euros por cada metro cuadrado que se ocupa incorrectamente cuando no se respetan playas o parques naturales. Y también hay multas que pueden ir desde los 50 euros hasta los 150 euros si se circula o aparca de forma indebida por estos parajes; si se trata de un parque natural puede alcanzar los 5.000 euros por generar desechos, acampar ilegalmente o encender fuegos.