Según tengo entendido, el Reglamento General de Vehículos indica que se puede circular con «un sistema alternativo al cambio de las mismas [ruedas] que ofrezca suficientes garantías para la movilidad del vehículo». Pero no se especifica qué sistemas son legales o se consideran válidos. Para resolver esta duda, llegué a contactar con la DGT, pero me dijeron que «la interpretación de la norma escapaba a sus competencias». ¿Sabéis cuáles son las alternativas legales a la rueda de repuesto? ¿Un spray ‘repara-pinchazos’ -por ej., los que se venden en tiendas del automóvil- se considera una alternativa válida a la rueda de repuesto? Esto es: ¿me pueden multar si circulo con el spray… pero sin rueda de recambio?
Xavier Drudis (E-mail)
Respuesta de Eduardo Alonso, Redactor: Hemos consultado tus dudas con agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y nos indican que, tal y como citas, se puede circular con un “sistema alternativo” a las ruedas de repuesto -la Ley se refiere, principalmente, a los kit repara-pinchazos que llevan muchos vehículos nuevos-, por lo que, según nos señalan, “no es denunciable” circular sin rueda de repuesto.
Es más, a este respecto nos han explicado que, si auxilian a un vehículo que ha pinchado pero que no tiene rueda de repuesto, no lo denuncian y, simplemente, llaman a la grúa para que recoja el coche.
Estos agentes también nos han confirmado que un spray repara-pinchazos sí lo consideran un «sistema alternativo» y que, si lo llevas en vez de una rueda de repuesto, no podrán denunciarte.