Respuesta de Olga Muñoz, responsable de gestoría de CEA: Vas a poder dar de baja este vehículo… pero sólo como una baja temporal. ¿El motivo? Que para solicitar una baja definitiva deberías llevar el coche a un desguace o CAT para que allí emitieran el certificado de destrucción del mismo y lo dieran de baja en la DGT. Al menos, con una baja temporal, quedarás exento de pagar anualmente el impuesto de vehículos de tracción mecánica (conocido coloquialmente como el de circulación).
Para solicitar una baja temporal deberás acreditar que el vehículo está a tu nombre, para lo que tendrás que pedir un informe de titularidad; te costará 8,59 euros y puedes solicitarlo a través de dgt.es o en Jefatura, bajo cita previa (pídela a su vez en dgt.es o en el 060). Cuando ya tengas ese informe, deberás acudir a Jefatura para solicitar la baja temporal (N. de la Redacción: puedes hacerlo a través de la web de la DGT, dgt.es, pero deberás contar con una identificación digital), aportando el citado informe de titularidad y la fotocopia de tu DNI.
Para solicitar la baja temporal tendrás que abonar una tasa de, de nuevo, 8,59 euros. También puedes evitar ir a Jefatura y solicitar que te hagan estos trámites en una gestoría, por lo que te cobrarán de 60 a 90 euros.
Ten en cuenta que, desde la aprobación del RD 265/2021 del 13 de abril de este año, las bajas temporales deberían darse de alta automáticamente pasado un año… Pero, de momento, y según nos comentan fuentes de Tráfico, las bajas temporales de este año aún no se tienen que renovar aunque lo diga la Ley.
[sf_btn type=»newsletter» txt=»¿Quieres recibir nuestra newsletter? Haz clic aquí» url=»https://www3.actito.com/wf/200262/52/es/Start.act»]