Hace un mes y medio le dejé el coche a un amigo de mi abuelo para que acudiera al médico en Zamora. El caso es que esa persona falleció hace unas dos semanas de un infarto y, ahora, me ha llegado a mi domilicio una multa por exceso de velocidad -de 300 euros y la retirada de dos puntos- que pusieron a esta persona pero que me atribuyen a mí. No sé qué hacer, porque en primer lugar, yo no conducía y, segundo, él ya no puede abonar la sanción. ¿Qué puedo hacer?
Respuesta de Ana María Amador, del Departamento Jurídico de CEA: Lo que debes hacer es comunicar a Tráfico que, en el momento de la multa, conducía otra persona y facilitar los datos del fallecido: ojo, porque necesitarás aportar su número del DNI. Tráfico enviará entonces la sanción a su familia que podrá, presentando el certificado de defunción, no abonar la multa, puesto que son personales, es decir, únicamente atribuibles al individuo.
Ahora bien, en el peor de los casos, puede ocurrir que Tráfico, para intentar cobrar la sanción y al no haberlo podido hacer del fallecido, te la devuelva a ti pasado un plazo de seis meses alegando incumplimiento [del pago].
En este supuesto, podría llegar a reclamarte hasta el triple de la sanción económica inicial, esto es, hasta 900 euros; aunque siempre tendrás la opción de acudir a los tribunales para defender tus derechos. Eso sí, para ello, deberás demostrar que tu versión de los hechos es cierta: hazlo solicitando la declaración de algunos testigos, como el de tu abuelo o el de la familia del fallecido, o pruebas como, por ejemplo, la cita del médico que tenía el fallecido.