Tras finalizar el período de aviso de dos meses, desde este lunes 2 de mayo el Ayuntamiento de Madrid ya multa telemáticamente a los turismos sin etiqueta medioambiental (distintivo A) que accedan sin autorización a la conocida Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de la capital y Plaza Elíptica; o lo que es lo mismo, vías públicas urbanas del interior de la M-30.

Antes de entrar en materia, explicar que el interior de la M-30 comprende los distritos de Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamberí, Chamartín, Tetuán y parte de los distritos de Moncloa-Aravaca y Fuencarral-El Pardo.
Y la norma se refiere a los vehículos diésel matriculados antes del año 2006 y vehículos gasolina matriculados antes del año 2000, los cuáles serán sancionados si acceden o circulan por esta zona restringida si no están domiciliados en el Registro de Vehículos y no figuran en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
Saltarse estas restricciones ahora constituye una grave infracción, según la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entró en vigor el pasado 21 de marzo, con una sanción de 200 euros. Aunque se queda en 100 si te acoges al pronto pago. Además, ten en cuenta que si está activado el protocolo anticontaminación, las sanciones graves serán muy graves y la cuantía aumenta.
¿Me pueden multar más de una vez si me equivoco? La respuesta del Ayuntamiento es clara. Y es que no existe ningún límite de multas, ya que una vez que un coche acceda a esta zona restringida, será multado. Es decir, la ZBEDEP se controla a través de un sistema automático de control telemático mediante dispositivos foto-rojo que recogen el número de veces que entra un vehículo en dicha zona. Por lo tanto, cada vez que entres, se recogerán tus datos y se generará una sanción.

Eso sí, hay excepciones. Sí podrán acceder vehículos que sean conducidos por o para trasladar personas con movilidad reducida (aunque deben darse de alta antes en el sistema de gestión de accesos de la ZBEDEP), camiones, furgonetas, motocicletas, ciclomotores, así como vehículos considerados históricos. También los vehículos de mercancías, de emergencias y fuerzas armadas, al menos hasta 2025.
En concreto, Madrid ZBEDEP contempla restricciones progresivas y por anillos territoriales en los próximos 3 años. Desde el 1 de enero de 2023, el acceso de vehículos sin etiqueta se prohibirá también por la M-30; desde 2024, la circulación se restringirá por todas las vías públicas urbanas del municipio, y, desde 2025, la prohibición será también para los A domiciliados y demás vehículos como camiones, motocicletas…
Cabe resaltar que el ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha abierto ya el periodo de información pública del proyecto de real decreto que regula dichas ZBE, el cual establece los requisitos mínimos de circulación. Y en ella se establece que se aplicarán progresivamente restricciones de circulación también a aquellos que llevan la B (amarilla) y C (verde).
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