Para ese momento, estas personas jurídicas deberán tramitar todo lo relacionado con ellos a través de la plataforma online -ya estaban obligadas a hacerlo siempre que hayan matriculado un coche a partir del 24 de mayo de 2014-. Todas las notificaciones como infracciones, plazos de inspecciones técnicas (ITV), matriculaciones, transferencias de vehículos, etc. se realizarán a través de este medio.
Esta es una de las principales novedades que el jefe de la Unidad de Ordenación Normativa de la Dirección General de Tráfico, Francisco Javier Villalba, ha explicado en la jornada celebrada en el Colegio de Gestores Administrativos de Málaga. Esta nueva relación de los ciudadanos con la DGT a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV).
Aquí radica la importancia del papel de los gestores administrativos, que sabrán gestionar y conocerán los DEV de sus clientes y liderarán el cambio hacia una relación mucho más activa con la Administraciones. Para ofrecer un servicio óptimo a sus clientes, los gestores y las gestorías deberán ofrecer este servicio, registrándose como Apoderados y, a la vez, dominar la plataforma la DEV.
Francisco Javier Villalba apunta que, «en cuestión de unos 10 años aproximadamente, este sistema estará completamente implementado en nuestro país. Un reto que las Administraciones Públicas tendrán que afrontar, luchando contra el desconocimiento y el desapego hacia las nuevas tecnologías, principales enemigos de la implantación de la gestión electrónica en las Instituciones y empresas«.
Las Administraciones Públicas apuestan cada día más por la gestión online, mucho más eficiente, rápida y cómoda. La DEV no sólo es un gestor para realizar trámites, también es un portal de consulta esencial tanto para empresas como para personas físicas. Los servicios se van ampliando poco a poco pero ya pueden consultarse los puntos del permiso de conducir, que pueden ser del interés de cualquier conductor o titular de un vehículo. En un breve espacio de tiempo, se incorporarán otras comunicaciones como los avisos de caducidad del permiso de conducir, de ITV, etc.
Entonces, ¿puede notificarme la DGT las multas por e-mail?
Si eres un conductor particular no. Aunque laLey 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común; afirma con caracter general que a partir del 2 de octubre de 2016 las notificaciones de los procedimientos administrativos «se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlo por esta vía»; no sucede así con las notificaciones de Tráfico.
De hecho, tal y como asegura Mario Arnaldo, Director de AEA -Automovilistas Europeos Asociados-, las gestiones de Tráfico, está regulado por la Ley de Seguridad de Vial de 2009 que establece que estas comunicaciones se realizarán mediante correo. Sin embargo, esta ley permite que «las personas físicas que se den de alta voluntariamente en la dirección electrónica vial y que, a partir de ese momento, reciban las notificaciones por e-mail».
En lo que a las multas respecta, de acuerdo con Mario Arnaldo, los conductores dados de alta en este servicio recibirán la notificación en su dirección electrónica vial y, en caso de que el conductor no acceda a su contenido, se considerará notificada tras 10 días naturales -salvo que se demuestre que no ha podido acceder al contenido por imposibilidad técnica-. A partir de esos 10 días comenzará el plazo para pagar con reducción -10 días-; alegaciones -un mes-… En cualquier caso, tal y como señalan desde AEA, «aunque este servicio es un importante paso adelante; aún es pronto para utilizarlo ya que no siempre funciona correctamente».