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Si presencias un accidente y no te paras la multa es muy grave

Durante el año 2021, en las carreteras españolas se produjeron 921 accidentes mortales. ¿Sabrías qué hacer en caso de presenciar alguno? ¿Y qué te pasará si no te paras?

El balance de víctimas totales por accidentes de tráfico ocurridos el año pasado fue de 1.004 personas fallecidas y 3.728 heridas graves. Precisamente, en relación a los siniestros muy pocos o casi ningún conductor sabe cómo actuar correctamente en caso de presenciar un accidente… y una correcta actuación puede, sino salvar una vida, reducir la gravedad de las lesiones.

Aprende a actuar en caso de accidente

Por eso, la Guardia Civil ha recordado, a través de su cuenta de Twitter, cómo debemos actuar si presenciamos un siniestro incluso, si lo causamos.

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De entrada, la Benemérita insta a “lo primero, avisar a los demás automovilistas que circulan por la vía para evitar que aumente el número de involucrados”. Algo que puedes hacer deteniendo tu vehículo en un lugar seguro siempre fuera de la calzada y colocar los triángulos de emergencia o la luz V16.

Tras eso, la Guardia Civil recomiendo avisarles a ellos y a los servicios sanitarios de urgencia, algo que puedes hacer con una única llamada, al 112, el número de emergencias.

Una vez realizada la llamada, este cuerpo de seguridad aconseja quitar “el contacto de los vehículos accidentados”, sin tocar nunca “la palanca de cambios”. Y ya posteriormente, atender a los heridos, aunque ojo, ya que la Guardia Civil indica que no se debe tratar de mover a aquellos que están atrapados o inconscientes, esperando mejor a que lleguen los servicios de urgencia.  

Un último consejo es que tomes nota de “cualquier vehículo involucrado que abandone el lugar del siniestro”.

Las consecuencias legales de no asistir a los heridos en un accidente

Es cierto que la DGT recomienda no pararse a auxiliar a los accidentados si ya hay personas (o los propios servicios de emergencia) haciéndolo; o siquiera detenerse para evitar las retenciones causadas por el ‘efecto mirón’.

Pero si no es el caso, ojo, porque no pararse a auxiliar a los accidentados supone, según el artículo 51 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, incumplir las obligaciones en caso de accidente, que son las siguientes:

El usuario de la vía que se vea implicado en un accidente de tráfico, lo presencie o tenga conocimiento de él está obligado a auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimas que pueda haber, prestar su colaboración, evitar mayores peligros o daños, restablecer, en la medida de lo posible, la seguridad de la circulación y esclarecer los hechos.

Así las cosas, no detenerse a auxiliar a los accidentados supone una infracción muy grave, que se salda con una multa de 500 euros.

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Aunque la sanción de 500 euros es… lo de menos. Ya que, penalmente, no auxiliar a los accidentados o no pedir ayuda «con urgencia» supone cometer el delito de omisión del deber de socorro. Algo que puede llegar a suponer, incluso, pena de cárcel durante hasta ¡4 años! Así lo recoge el artículo 195 del Código Penal, que señala textualmente:

  • El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.
  • En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno.
  • Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a 18 meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a cuatro años.

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