La DGT multará con 500 euros y 6 puntos en el carnet en ciudad a 71 km/h cuando el límite de la vía sea de 30 km/h. Mientras que si se circula a 51 km/h, la sanción será de 300 euros y la pérdida de 2 puntos.
Una de las medidas estrella de la Dirección General de Tráfico para este 2019 es la reducción de la velocidad máxima a la que se podrá circular en las ciudades. Y es que no solo se reducirá a 30 km/h en determinadas vías como parecen indicar el director general de Tráfico, Pere Navarro, y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ya que en otro tipo de vías, la DGT contempla establecer el límite de velocidad en 20 y 50 km/h.
Como indica el borrador del Real Decreto que modifica el Reglamento General de Circulación, al que ha tenido acceso Euro Press, son hasta tres los diferentes límites de velocidad que se establecerán en las ciudades:
- 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
- 30 km/h en las vías de un único carril por sentido de circulación.
- 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación. Un límite que se reduce a 40 km/h para aquellos vehículos que transporten mercancías peligrosas.
Así las cosas, la reducción de límite de velocidad es la punta de lanza del Ejecutivo de Sánchez en términos de Seguridad Vial, ya que el pasado 28 de diciembre el Consejo de Ministros aprobó la reducción del límite de velocidad máxima en carreteras convencionales de 100 a 90 km/h y que entrará en vigor el próximo 29 de enero.
Sanciones de hasta 500 euros y 6 puntos en el carnet
Dicho borrador también contempla las sanciones por exceso de velocidad. El Reglamento de Circulación actual especifica que en vías de 50 km/h se multa con 300 euros y 2 puntos en el carnet por circular a una velocidad de entre 71 y 80 km/h. Con la nueva modificación, esta sanción se hará extensible a aquellos que circulen entre 51 y 60 km/h en vías de 30 km/h. Además, circular a una velocidad de entre 71 y 80 km/h supondrá una multa todavía mayor: 500 euros y la pérdida de 6 puntos.
Esclarecidas las sanciones por exceso de velocidad en vías cuyo límite está establecido en 30 km/h, el cuadro que recoge las sanciones por exceder el límite de velocidad no indica las multas por exceder los 20 km/h de las vías de plataforma única, por lo que habrá que esperar para ver si la DGT anuncia un nuevo tipo de sanción, o bien incorpora el mismo sistema que en vías de 30 km/h.
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