Se calcula que, en Francia, existen cerca de 450.000 badenes o resaltos, y lo peor… es que un tercio de los mismos no cumple la normativa al respecto, vigente desde 1994. Para solucionar este problema y sus consecuencias (daños en los vehículos incluidos) el gobierno francés pondrá en marcha, a lo largo de este mismo año, un plan para identificar y retirar todos estos badenes que, por dimensiones o ubicación, no acatan la Ley.
En nuestro país vecino, coexisten tres tipos de badenes, cuyas características están reguladas por la citada norma desde 1994. El primero de ellos es el badén en sí, con forma de arco y que cruza toda la calzada. Debe tener un máximo de 10 cm de alto y una longitud máxima de 4 metros.
Otro badén que nos encontramos en las vías galas son las llamadas plataformas, esto es, badenes de forma trapezoidal sobre el que se ha pintado un paso de peatones. Consta de una meseta y dos pendientes o rampas, estas últimas deben salvar, como máximo, una diferencia de altura del 10% y han de hacerlo en un máximo de 1,4 metros de largo.

Por último, el llamado localmente ‘cojín de Berlín’ es un badén que sólo cubre una parte de la calzada, por lo que se suelen instalar en parejas. Deben medir un máximo de 4 metros de largo y algo menos de dos de ancho, con una altura máxima de 7 centímetros.
Más allá de su estructura, en Francia también se restringe su instalación en función de su ubicación. Así, y entre otros casos, no pueden instalarse badenes vías de servicio por donde circule transporte público o en aquellas vías que dan acceso a centro de emergencia. Estos badenes también serán ilegales si se encuentran a menos de 200 metros del final de una población o de una vía con velocidad máxima limitada a 70 km/h. Y también si se ubican en vías con pendiente superior al 4%.
Badenes: la caótica situación en España
Esta noticia referente a Francia nos ha hecho recordar la situación de los badenes o resaltos en nuestro país donde, sin poder ofrecer cifras concretas, existen miles de estos badenes asimismo ilegales, no en vano no cumplen las exigencias recogidas en la orden ministerial del por aquel entonces Ministerio de Fomento FOM/3053/2008, que entró en vigor el 31 de noviembre de 2008.
Hasta esa misma fecha, la construcción e instalación de todo tipo de badenes y resaltos no estaba regulada y cualquier población podía instalarlos de ‘aquella manera’ y, sobre todo, tamaño… con los consecuentes accidentes o incluso averías si un conductor se despistaba y circulaba sobre ellos a más de la velocidad recomendada.

Esta orden ministerial regula la tipología, dimensiones y la colocación de los badenes en las carreteras estatales, pero también en las vías titularidad de los ayuntamientos, a quienes se les otorgó una moratoria que finalizó el 31 de octubre de 2010… y más tarde, debido al coste de retirar algunos badenes (que se cifraba en hasta 4.000 euros por unidad), hasta el 31 de octubre de 2012.
El problema es que muchos ayuntamientos o incluso Administraciones enteras no actuaron en plazo (por ej, la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, que aplazó la aplicación de esta norma hasta 2014) y muchos… no llegaron a hacerlo nunca. Por eso, aún nos encontramos, sobre todo en las carreteras comarcales y en las locales, multitud de badenes que no cumplen la norma y que pueden resultar peligrosos para la circulación.
Pero, ¿cómo deben ser los badenes en nuestro país? La citada orden ministerial los denomina RDV o reductores de velocidad, señala que que tienen como fin «el mantenimiento de la velocidad reducida a lo largo de ciertos tramos y la protección de los pasos de peatones” y distingue únicamente dos tipos: de sección transversal trapezoidal o paso peatonal sobreelevado o de sección transversal circular o de ´lomo de asno´. Puedes conocer más detalles sobre estos tipos y, asimismo, ejemplos de badenes ilegales en esta noticia.
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