Vídeo: los sistemas de seguridad que serán obligatorios a partir de 2020

Tal y como estaba previsto, el pasado 16 de abril la Unión Europea ha publicado un nuevo Reglamento General de Seguridad que va a hacer obligatorios una serie de sistemas de seguridad en todos los nuevos coches a la venta. Hemos hablado largo y tendido de todos estos sistemas en el artículo publicado en el […]


Tal y como estaba previsto, el pasado 16 de abril la Unión Europea ha publicado un nuevo Reglamento General de Seguridad que va a hacer obligatorios una serie de sistemas de seguridad en todos los nuevos coches a la venta.

Hemos hablado largo y tendido de todos estos sistemas en el artículo publicado en el pasado número 221 de Autofácil, donde explicamos en profundidad todos los cambios que estaban contemplados en el borrador preliminar de este reglamento.

Algunos de estos sistemas resultaban muy polémicos, como por ejemplo el Asistente Inteligente de Velocidad que, en principio, requería que el pedal del acelerador se endureciera cuando el conductor fuera a superar la velocidad máxima de la vía, así como que este hecho quedara registrado en la caja negra del vehículo.

Sin embargo, durante la fase de audiencia pública que siguió a la publicación del borrador, los distintos agentes implicados (en su mayor parte, fabricantes de automóviles) han convencido a la Unión Europea de que introduzca cambios relevantes en el Reglamento, ‘descafeinando’ las medidas más polémicas y modificando los plazos de implantación.

Ya con el Reglamento definitivo en la mano, el asesor de cabecera de Autofácil en materia de Seguridad Vial, Rodrigo Encinar (responsable técnico de I+D de CESVIMAP, el Centro de Experimentación y Seguridad Vial de MAPFRE), ha ofrecido en el INSIA (el Instituto Universitario de Investigación del Automóvil, dependiente de la Universidad Politécnica de Madrid) la charla que podéis ver arriba (enmarcada dentro de la IV Jornada de la Comisión de Buenas Prácticas en la Automoción de ASEPA), en la que analiza los cambios entre el borrador y el texto definitivo.

Se trata de una ponencia muy interesante, que te recomendamos ver, especialmente si eres un profesional de la automoción.

Además, aquí tienes brevemente extractados los principales cambios:

PLAZOS DE IMPLANTACIÓN

Calendario

El borrador contemplaba una entrada en vigor dos años después de la publicación del texto para vehículos de nueva homologación, y la obligatoriedad para todos los coches matriculados a partir de cuatro años.

Eso significaba que el Reglamento se empezaría a implantar en 2021, y sería plenamente operativo en 2023

Sin embargo, el texto definitivo adelanta esos plazos un año. A partir de mayo de 2020, todos los coches de nueva homologación deberán contar con estos sistemas. Y serán obligatorios en todos los coches matriculados a partir de 2022.

ASISTENTE INTELIGENTE DE VELOCIDAD

ISA

Se trataba del sistema más polémico de todos, el que ha hecho correr ríos de tinta y ha consumido horas en los telediarios. Este sistema emplea información de las cámaras de reconocimiento de señales y la cartografía para mostrar al conductor la velocidad máxima vigente en cada momento.

El borrador exigía que el acelerador incorporara un sistema háptico (capaz de generar un punto de resistencia que el conductor debía vencer para exceder la velocidad de la vía), y que cada infracción quedara registrada.

El texto definitivo sólo requiere que se informe al conductor de la velocidad de la vía de alguna forma que llame su atención… y suprime tanto la obligatoriedad del pedal háptico (aunque lo sugiere como alternativa preferible) como el registro de la infracción.

Es decir: el sistema de reconocimiento de señales de tráfico que ya incorporan muchos coches cumple perfectamente con las exigencias del reglamento. Además, será posible desactivar el sistema (el borrador decía que no podría apagarse; ahora va a ser posible aunque se va a reactivar cada vez que arranques el coche), y ya no es obligatorio que el control de crucero se ajuste de manera automática a la velocidad máxima detectada por el sistema.

En términos prácticos es una gran noticia, porque en la actualidad estos sistemas se equivocan con mucha frecuencia a la hora de mostrar la velocidad correcta. Ese sistema háptico en el acelerador, combinado con información incorrecta, iba a convertirse en una fuente de frustración permanente para los conductores… que además, a la larga, iban a acabar ignorando las indicaciones del sistema, e incluso buscando formas alegales de desactivarlo.

RECONOCIMIENTO AVANZADO DE DISTRACCIONES

Reconocimiento distraciones

Este era otro sistema polémico. El borrador establecía que el sistema tenía que ser capaz de detectar el «nivel de atención visual» del conductor. Se suponía que el fabricante iba a tener que instalar una cámara que iba a monitorizar hacia dónde estaba mirando el conductor, para alertarle si no estaba mirando hacia delante.

El problema con este sistema es que actualmente ningún fabricante lo tiene puesto a punto correctamente. Modelos como el BMW Serie 8 o el DS 7 Crossback lo ofrecen… pero en nuestras pruebas nunca hemos notado que funcionara.

El reglamento definitivo es mucho más ambiguo. Habla de un «sistema de advertencia de distracciones del conductor», pero elimina el requisito de la supervisión de la mirada. ¿Cómo se supone que se va a hacer eso? En principio, se podría cubrir expediente mediante el análisis de los movimientos sobre el volante.

REGISTRADOR DE EVENTOS O CAJA NEGRA

Event Data Recorder

Este sistema será obligatorio a partir de 2020. Los cambios que ha sufrido el borrador en este apartado son pequeños, y están orientados a garantizar la privacidad de los conductores. El reglamento definitivo acota cuándo debe grabar la caja negra en dos sentidos. Por un lado, limita los datos a registrar con los relacionados con la colisión (mientras que el borrador abría la puerta a registrarlo absolutamente todo). Por otro lado, se limita el periodo de tiempo que debe registrarse, acotándose mediante la frase «desde un poco antes, en el transcurso e inmediatamente después de una colisión».

Además, se especifica que no se podrán extraer los datos telemáticamente, y que los datos sólo se pondrán a disposición de las autoridades para la investigación y el análisis de accidentes. Es decir, en ningún caso podrá ocurrir que, por ejemplo, la Guardia Civil te pare y se conecte a tu caja negra para multarte por todos tus excesos de velocidad recientes.

SISTEMA DE EMERGENCIA DE MANTENIMIENTO DE CARRIL

Mantenimiento de carril

Este sistema funciona reconociendo las líneas de carril y actuando sobre la dirección para evitar que el coche lo abandone si el conductor no ha activado el intermitente (el conductor siempre puede puentear el sistema ejerciendo un poco de fuerza sobre el volante).

El borrador requería que el coche se mantuviera en el centro del carril. El reglamento definitivo sólo exige que el sistema evite que el coche se salga del carril. Es una diferencia muy sutil: la primera es una función de confort, mientras que la segunda es una función de seguridad. Ambas controlan el movimiento del vehículo dentro del carril, y la diferencia es el momento en el que se produce la intervención.

INDICADOR DE FRENADA DE EMERGENCIA

Luces frenada de emergencia

Este sistema hace parpadear rápidamente las luces de freno para advertir de que estamos realizando una frenada fuerte.

El borrador especificaba que lo que debían parpadear eran las luces de freno. Esto representaba un problema, porque algunos fabricantes realizan esa funciona con los intermitentes. Además, iba a obligar a emplear tecnología led en las luces de freno.

El reglamento definitivo mantiene el sistema, pero da libertad a los fabricantes para utilizar el sistema de aviso que prefieran: intermitentes, luces de frenos, luces adicionales, etc. Es decir, elimina una restricción que iba a obligar a cambiar de costumbre a marcas como Fiat, que actualmente usan los intermitentes.

SISTEMA DE ADVERTENCIA DE SOMNOLENCIA

aviso somnolencia

Este sistema ya lo incorporan muchos coches. Funciona analizando los movimientos del volante (así como la posición relativa del coche respecto del centro del carril) para estimar el grado de fatiga del conductor y avisarle cuando practica una conducción errática porque está a punto de quedarse dormido.

El cambio que ha introducido el reglamento definitivo es una restricción en cuanto al uso de estos datos, especificando de forma absolutamente rotunda que no deberán de quedar registrados, ni se podrán enviar o compartir con terceros. Y lo mismo en el caso del sistema de detección de distracciones.

ALCOLOCK

Alcolock

Este es el único sistema que no ha sido descafeinado. El coche debe contar con un interfaz universal para instalar un alcolock, que es un alcoholímetro que debe utilizar el conductor para autorizar el arranque. Esto es interesante para abaratar la instalación del sistema, sobre todo para flotistas (tal vez para servicios de taxi y alquiler con conductor como Cabify o Uber).

DETECTOR DE MARCHA ATRÁS

Cámara marcha atrás

El borrador abría la puerta a utilizar una cámara u otro sistema de detección. Sin embargo, el reglamento definitivo obliga a que se emplee una cámara y un sistema de detección. Es decir, los coches deberán contar con cámara de visión marcha atrás y sensores de ultrasonidos.

FRENADO AUTÓNOMO DE EMERGENCIA

Frenjada Autónoma de Emergencia en Ciudad

El borrador establecía que este sistema, en su modalidad City o Urbana (evita la colisión por debajo de 50 km/h) iba a ser obligatorio.

El reglamento definitivo no cambia este hecho, pero incorpora el requisito de que el frenado se realice en el último momento posible antes de la colisión. Es un requisito un poco innecesario, porque actualmente los fabricantes ya se preocupan de no realizar frenadas de emergencia hasta unas 7 décimas de segundo antes de la colisión, que es el punto en el que ya no queda tiempo para esquivar al coche o el obstáculo realizando un cambio brusco de carril.

Además, el borrador especificaba que el sistema no se iba a poder desconectar de ninguna manera. Sin embargo, el texto definitivo contempla que tanto las advertencias acústicas como el propio sistema se desactiven simplemente pulsando un botón. Esto es necesario, por ejemplo, a la hora de practicar conducción Off-Road por zonas con arbustos y ramas. En cualquier caso, el reglamento estipula que este sistema deberá reactivarse cada vez que arranquemos el vehículo.
 

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