Plan Renove 2020: ¿cuánto tendrás que pagar a Hacienda si te beneficias de las ayudas?

Autofácil
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Dicha subvención tributa a Hacienda y se debe incluir en la declaración de la renta. La cantidad a pagar dependerá del sueldo quien se haya acogido a la ayuda y de la cuantía que se haya recibido.


Tanto el Plan Renove como el Plan MOVES II facilitan e impulsan la compra de vehículos nuevos. No obstante, estas ayudas no están exentas de impuestos. Así las cosas, te contamos cuánto tendrás que pagar a Hacienda en función de la ayuda que hayas recibido.

Como ya te hemos contado, el Plan Renove ofrece subvenciones por la compra de vehículos nuevos o en stock matriculados a partir del 1 de enero de 2020. Las ayudas pueden llegar hasta los 5.500 euros si el coche que vas a achatarrar tiene más de 20 años, tienes la intención de adquirir un vehículo eléctrico, más el descuento del propio concesionario, entre otras cosas.

Aquí es donde hay que tener cuidado. Estas ayudas deben aparecer en la base imponible general del IRPF. Grosso modo, tiene que aparecer en la declaración de la renta. Devolverás una parte de la ayuda prestada, pero no el descuento aplicado por el concesionario.

Cuánto habrá que pagar

Como explican en un informe el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA), la cantidad a pagar dependerá del sueldo y de la cuantía de la ayuda.

  • Vehículos con etiqueta ECO – 1.000 euros de ayuda: la declaración de la renta subiría cerca de 240 euros, con un sueldo de en torno a los 20.000 anuales.
  • Vehículos con etiqueta C – 800 euros de ayuda: en este caso, la declaración saldrá unos 192 euros más cara, teniendo en cuenta también que el interesado tiene un salario anual medio.
  • Vehículos con etiqueta CERO – 4.000 euros de ayuda: partiendo de un sueldo medio, la factura fiscal se encarecerá en 1.031 euros más, dado que es la ayuda que mayor cuantía presta.

Aquellos que no incluyan estas ayudas en la declaración de la renta, Hacienda liquidaría el importe de la subvención e impondría una sanción por infracción tributaría del 26,25% de la cuota que no se ha ingresado.