El estado de alarma decretado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez, a consecuencia del coronavirus, se ha extendido otros 15 días, hasta el próximo 11 de abril. Como ya te hemos contado, una de las medidas del Real Decreto 463/2020 fue la suspensión de todas las actividades administrativas en las Jefaturas de Tráfico, que atenderán las demandas de los ciudadanos de manera telemática.
Si, inicialmente, te hablábamos de que la caducidad del permiso de conducir estaba paralizada, el Ministerio del Interior y la Dirección General de Tráfico (DGT) han salido al paso para evitar confusiones y han anunciado que la vigencia de todos aquellos carnéts que hayan caducado o vayan a caducar durante el estado de alarma, contarán con una vigencia que se prorrogará durante de 60 días naturales.
Como puede verse en el tweet que sendos organismos han publicado, esta medida también se hace extensiva a los permisos de conducción para los extranjeros, cuya vigencia también se extiende durante 60 días naturales. Obviamente, de seguir en esta situación pasado este tiempo, la DGT actuaría en consecuencia extendiendo nuevamente la vigencia del carnet.
?? Se prorroga durante 60 días la vigencia de los carnets de conducir que caduquen durante el estado de alarma
Además, los permisos de conducción extranjeros, que hay que canjear a los seis meses, siguen siendo válidos #EsteVirusLoParamosUnidos
+ info https://t.co/oymyB5O65C pic.twitter.com/hRX3hjMc4Q
— Ministerio Interior (@interiorgob) March 21, 2020
Asimismo, esta nueva orden, que fue publicada en el BOE el pasado sábado, especifica que los vehículos de sectores clave, como son los de distribución de medicamentos, material sanitario, alimentos y productos de primera necesidad, quedaran exentos de las restricciones de circulación para garantizar un suministro constante a toda la población.
Si tu carné ha caducado antes del estado de alarma no puedes circular
La medida solo es efectiva para aquellos conductores a quienes les haya caducado o les vaya a caducar el carnet durante el estado de alarma. Si tu permiso ha caducado antes de este periodo de excepción, no podrás circular. Como dicta el Reglamento General de Circulación (RGC), circular con el permiso caducado está tipificado como una infracción grave que acarrea una multa de 200 euros y sin pérdida de puntos.
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