El 1 de enero de 2022 se introdujo en Madrid la prohibición de que los vehículos sin etiqueta de la Dirección General de Tráfico (DGT) accedieran o circularan por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
Más adelante, desde el 1 de enero de 2023, quedó también prohibido el acceso y circulación de los coches sin etiqueta por la propia M-30; aunque las cámaras que vigilan la entrada empezaron a funcionar en septiembre y no empezarán a multar hasta el 14 de enero de 2024.

Coches que no pueden entrar a Madrid en 2024
Y es que el Ayuntamiento de Madrid tiene establecido un calendario de actuación en cuanto a las restricciones de acceso y circulación de los coches por la capital y, desde el 1 de enero de 2024, se han añadido nuevas prohibiciones a las que ya existen.
El siguiente paso que el Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha, a partir del 1 de enero de 2024, es que los vehículos sin distintivo medioambiental tienen prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
Aunque, por el momento, no tenemos noticias de dónde van a estar las cámaras que vigilen los accesos indebidos a todas las calles del municipio de Madrid. Además, como hemos indicado antes, sabiendo el retraso que ha tenido la puesta en marcha de las cámaras que funcionan en la M-30, todo parece indicar que en este caso la fecha tampoco se cumplirá.
Por último, en el calendario de restricciones previsto por el Ayuntamiento de Madrid, se contempla que, a partir del 1 de enero de 2025, se prohibirá el acceso de los vehículos sin etiqueta incluso para los residentes de Madrid. Desde ese momento, según la normativa, sólo podrán entrar en la capital vehículos sin pegatina especialmente adaptados para el traslado de personas con movilidad reducida o cuyo titular sea una persona con minusvalía; vehículos con la consideración de históricos; y los vehículos de emergencias y de las Fuerzas Armadas.
Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección de Madrid
Recuerda que, en la ciudad de Madrid, también existen dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) que se establecieron porque en estos puntos los problemas de contaminación son más acusados:

1.- ZBEDEP Distrito Centro: Se puso en marcha el 22 de septiembre de 2021, y establece las siguientes restricciones al tráfico (las excepciones para los coches sin etiqueta son diferentes a las del resto de ZBE de Madrid que aparecen más abajo):
- Se prohíbe el acceso a los vehículos sin etiqueta.
- Los vehículos con distintivo ambiental B y C tienen prohibido acceder a esta Zona de Bajas Emisio-nes únicamente para atravesarla. Sí se les permite el acceso siempre que estacionen en un aparcamiento de uso público o privado.
- Los vehículos con etiqueta ECO o CERO Emisiones pueden acceder libremente a Distrito Centro.

2.- ZBEDEP Plaza Elíptica: Entró en vigor el 22 de diciembre de 2021, y prohíbe el acceso a los vehículos sin etiqueta de la DGT. Es decir, aquellos vehículos con etiqueta B, C, ECO o CERO Emisiones sí pueden entrar a esta ZBEDEP Plaza Elíptica.
Qué coches sin etiqueta pueden entrar a las ZBE de Madrid

- Vehículos sin el distintivo de la DGT que no sean turismos: es decir, camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores.
- Vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos, según el Reglamento de Vehículos Históricos.
- Vehículos sin la etiqueta medioambiental que, a fecha 1 de enero de 2022, estuvieran empadronados en Madrid, y siempre que paguen el impuesto de circulación en la capital. Estos vehículos, hasta el 31 de diciembre de 2024, deben cumplir de forma continuada ambos requisitos.
- Vehículos sin pegatina ecológica que estén adaptados o no, pero que sí se destinen a trasladar personas con movilidad reducida, o cuyo titular sea una persona con minusvalía. Estos vehículos tienen que estar registrados en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y contar con la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, que debe estar visible en el interior del vehículo.
- Vehículos de emergencias sin etiqueta de la DGT; por ejemplo, los camiones de bomberos o vehículos de extinción de incendios, y los de las Fuerzas Armadas.
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