ZBE Madrid

Qué coches sin etiqueta pueden entrar a Madrid desde el 1 de enero de 2025

El Ayuntamiento de Madrid ha modificado las restricciones al tráfico para los coches sin etiqueta que no podían entrar desde el 1 de enero de 2025.

El calendario de restricciones al tráfico previsto por el Ayuntamiento de Madrid establece que, a partir del 1 de enero de 2025, quedará prohibido el acceso de los vehículos sin etiqueta (A) incluso para los residentes de Madrid. Así mismo, tampoco podrán circular por Madrid las motocicletas y los vehículos de mercancías A de cualquier parte de España, incluyendo los del municipio de Madrid.

Según datos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), hasta un millón doscientos mil vehículos propiedad de vecinos de Madrid no podrán circular por la capital desde el próximo año y, por eso, AEA ha solicitado una moratoria de dos años para implantar estas nuevas restricciones al tráfico en Madrid.

Periodo de aviso de un año para los vehículos sin etiqueta de Madrid

Ahora, el Ayuntamiento de Madrid ha anunciado que habrá un periodo de aviso de un año para informar a los conductores de estas nuevas restricciones al tráfico. Por lo tanto, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, los titulares de vehículos que infrinjan la normativa de la ZBE de Madrid recibirán una carta informativa en su domicilio.

De esta forma, las sanciones económicas no comenzarán hasta el 1 de enero de 2026. Recuerda que la multa que te pondrán por circular con un coche sin etiqueta en la ZBE de Madrid es de 200 euros, tal y como establece la reforma de la Ley de Tráfico del 21 de marzo de 2022.

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Excepciones para los coches sin etiqueta en la ZBE de Madrid

El Ayuntamiento de Madrid ha contemplado una serie de excepciones para garantizar la movilidad en situaciones particulares y permitirá el acceso de vehículos sin etiqueta en los siguientes casos:

  • Autónomos y empresas unipersonales: Los propietarios de vehículos A (es decir, sin etiqueta) con 59 años cumplidos en 2025 o más podrán seguir circulando si al menos el 50 % de su flota está formada por vehículos de más de 3,5 toneladas.
  • Desplazamientos médicos: Los titulares de vehículos A que necesiten acudir a centros médicos para tratamientos hospitalarios podrán solicitar permisos temporales a través de un registro municipal.
  • Vehículos nuevos en espera de entrega: Aquellos conductores que hayan adquirido un vehículo de bajas emisiones, pero que todavía no se lo hayan entregado, podrán obtener un permiso temporal.

Además, se mantienen las exenciones para vehículos que transporten a personas con movilidad reducida (PMR) y vehículos históricos.

El calendario de restricciones al tráfico en Madrid

Las restricciones al tráfico en Madrid han seguido un calendario con el que, año tras año, se ha ido ampliando. Esta ha sido la evolución de las restricciones:

  • El 1 de enero de 2022 se introdujo en Madrid la prohibición de que los vehículos sin etiqueta de la Dirección General de Tráfico (DGT) accedieran o circularan por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2023, quedó prohibido el acceso y circulación de los coches sin etiqueta por la M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2024, los vehículos sin distintivo medioambiental tienen prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid. Aunque hay excepciones como la de los vehículos sin etiqueta medioambiental que, a fecha 1 de enero de 2022, estuvieran empadronados en Madrid, y siempre que paguen el impuesto de circulación en la capital (hasta el 31 de diciembre de 2024, deben cumplir de forma continuada ambos requisitos).
  • A partir del 1 de enero de 2025, se prohibirá el acceso de los vehículos sin etiqueta incluso para los residentes de Madrid. Y tampoco podrán circular por Madrid las motocicletas y los vehículos de mercancías A de cualquier parte de España, incluyendo los del municipio de Madrid. Sin embargo, las multas comenzarán el 1 de enero de 2026.

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