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DGT: ¿Qué hay que hacer si fallece el titular de un vehículo para evitar problemas?

Cuando un familiar nuestro fallece y es propietario de un coche, debemos saber cómo actuar para cambiar el titular del vehículo y evitar sustos. Te contamos cuáles son los pasos que debes seguir.

Uno de los trámites más habituales cuando fallece el titular de un vehículo es la gestión de ese bien. Pero pueden darse dos casos: que el vehículo esté incluido en el testamento o que, por el contrario, no aparezca en él.

Si el vehículo aparece en el testamento tendremos que actuar de la siguiente forma antes de que se cumpla un plazo de 90 días:

  • Paga el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD): debe pagarse en la Comunidad Autónoma de la persona que va a heredar el vehículo y conserva un justificante de pago, exención o no sujeción del impuesto de sucesiones en el que figure identificado el vehículo (matrícula o bastidor).
  • Realiza el cambio de titularidad del vehículo. En algunos casos, puede darse el caso de que heredemos un coche que se encuentra de baja temporal. Si te sucede esto, recuerda que antes de realizar el cambio de titularidad, deberás solicitar el alta del vehículo. Más información sobre este proceso en este enlace.
Titularidad coche DGT

Cómo cambiar el titular de un vehículo

1.- Para realizar el cambio de titularidad de un vehículo que has heredado puedes acudir de forma presencial a cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Recuerda que hay que solicitar cita previa por Internet o llamando al 060

2.- Pero también puedes hacerlo a través de Internet, presentando tu solicitud en el Registro Electrónico Común de la AGE, accediendo a través del icono «Cambio de titularidad – Casos excepcionales (*)». En este caso, los pasos que tendrás que seguir son los siguientes:

  • Comprar y descargar el justificante de la tasa 1.5 cuyo coste es de 55,7 euros.
  • Completar los datos de tu solicitud en el Registro Electrónico: seleccionando como ‘Organismo destinatario’ la Jefatura de Tráfico más cercana a tu domicilio; añadiendo en el ‘Asunto’ el texto ‘Transferencia de vehículo y la matrícula del mismo’; y pulsar sobre ‘Anadir documento’ para en ‘Documento anexos’ adjuntar toda la documentación.
  • Registrar tu solicitud y conservar el justificante de la misma
  • Una vez recibida y tramitada tu solicitud te informaremos de la resolución de la misma.

No olvides que es necesario que tengas DNI electrónico o certificado electrónico, o tus credenciales de cl@ve para poder acceder al Registro Electrónico. Además, debes disponer de firma electrónica y descargarte el programa AutoFirma.

Qué documentación hay que presentar

¿Y si el coche no está en el testamento?

Si en el testamento no aparece un heredero para el vehículo, hay que designar una custodia provisional y comunicárselo a la DGT antes de que pasen 90 días desde el fallecimiento del titular. Para hacerlo hay que entregar toda la documentación citada en el punto anterior, excepto el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o certificado de exención y la declaración de herederos o testamento.

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