Según las fuentes municipales citadas por el diario El País, desde la entrada en vigor de Madrid Central en 2018 el número de sanciones impuestas se eleva hasta 1.390.000. Si hacemos el ejercicio de traducir todas estas multas a términos económicos, el resultado equivale a 125 millones de euros (o 62 millones por pronto pago). En los últimos meses, la medida estrella aprobada por el Gobierno municipal de la ex-alcaldesa Manuela Carmena ha sido fuente de numerosos recursos.
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En el marco de esta guerra jurídica, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), promovido por el PP de Madrid, admitió el recurso presentado el pasado mes de julio por Ecologistas en Acción que alegaba ‘defectos formales’ de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. En concreto, esta apelación se refería a la falta del trámite de información pública y a errores en la presentación de la memoria económica.
Ahora, el último auto del Tribunal Supremo anuncia la inadmisión del recurso de Ecologistas en Acción y desestima la continuidad de la zona de bajas emisiones de la capital. Tras esto surge un complejo escenario que abre el debate de qué pasará con todas las multas impuestas hasta la fecha. El alcalde de la capital, José Luis Martínez Almeida, apunta que ‘‘mientras la sentencia no sea firme, Madrid Central seguirá en vigor. No podemos hacer nada al respecto. En el caso de que alguno circule por Madrid Central sin los supuestos previstos, el Ayuntamiento tramitaría la multa correspondiente’’. Además,según aseguran fuentes del consistorio, las que estén pagadas o tramitadas no se devolverán.
¿Qué pasa tras la anulación de Madrid Central?
La anulación de Madrid Central trae consigo dos incógnitas: un aumento significativo del tráfico en la zona de bajas emisiones –con las consecuencias sobre la calidad del aire que esto tiene– y un agujero financiero causado por la devolución de las sanciones económicas que se han impuesto hasta el momento. Sin embargo, a pesar de que la intención sea la de no devolver el dinero, existe un procedimiento que da pie a exigir el reintegro de la sanción.
Según Pedro Javaloyes, portavoz de la empresa DVuelta Asistencia Legal, las sanciones se podrán recurrir mediante una revisión de oficio, pues «se ha demostrado que la multa ha sido ilegal. El Ayuntamiento debe devolver todo el dinero».
Por su parte, Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados, afirma que la mejor fórmula para reclamar no sería la devolución del importe de la multa, ya que la sentencia del Supremo no tendría carácter retroactivo. En este caso habría que reclamar por otro conceptro. Concretamente ‘‘el mecanismo a utilizar sería pedir la devolución del importe por responsabilidad patrimonial, basándose en que se ha impuesto una multa en base a una normativa que se ha declarado nula por el Supremo’’. Para realizar una reclamación por responsabilidad patrimonial, el margen legal establecido es de un año.