La UE condena a España por la contaminación en Madrid y Barcelona
La norma comunitaria de calidad del aire y de su contaminación, que regula unos límites de dióxido de nitrógeno (una emisión contaminante vinculada mayoritariamente con los vehículos de combustión) se aprobó en 2008, aunque entró en vigor en 2010.
Desde entonces, y hasta 2015, tanto Madrid como la zona metropolitana de Barcelona (donde habitan unos 7,5 millones de habitantes, el 15% de los españoles) incumplieron sistemáticamente la contaminación marcada en la misma, superando los niveles anuales de exposición al dióxido de nitrógeno o NO₂ fijados por la UE. En esa fecha, la UE abrió un expediente a España, aunque lo dejó en suspenso en 2018 debido a los planes contra la contaminación que pusieron en marcha las dos ciudades más importantes del país.
Sin embargo, en mayo de 2019, la llegada al consistorio madrileño de José Luis Martínez-Almeida (alcalde por el PP) supuso el anuncio de la suspensión de zonas de bajas emisiones de la ciudad (algo luego superado por la llegada de Madrid 360 y las ZBE de Madrid Centro y Plaza Elíptica), la Comisión Europea decidió volver a abrir el expediente y denunciar a nuestro país ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que ha dictado sentencia ahora.
Por ahora, sin multa por contaminación
La condena recién conocida no supone, de momento, una sanción; pero si persisten los incumplimientos detectados por el TJUE, la Comisión Europea podría sancionar a España con una sustanciosa multa que, eso sí, el Ejecutivo podría trasladar a las Administraciones de ambas ciudades.
En su sentencia, el TJUE señala que, entre 2010 y 2018, el periodo juzgado, “España no veló para que no se superase de forma sistemática y continuada” los límites de dióxido de nitrógeno. Además, indica también que “España no ha velado por que los planes de calidad del aire establezcan medidas adecuadas para que el período de superación de los valores límite fijados para el NO₂ sea lo más breve posible”.
La UE, crítica con la contaminación actual en España… y otros países
Pero la UE también se ha mostrado en desacuerdo con las medidas tomadas a partir de 2018. Y es que, según los informes anuales del Ministerio para la Transición Ecológica, Madrid ha seguido incumpliendo, cada año, los límite de exposición al dióxido de nitrógeno. Mientras tanto, Barcelona lo rebasó en 2019, pero no en 2020 ni en 2021.
La sentencia del órgano judicial de la UE también critica algunas de las medidas adoptadas en los últimos años por Madrid y Barcelona. Respecto a Madrid, la llegada de la ZBE de Madrid Centro no le parece suficiente, ya que señala que las restricciones de acceso a los vehículos más contaminantes sólo afectaban auna superficie de 4,72 kilómetros cuadrados (cuando Madrid se extiende por 604,45 kilómetros cuadrados). Respecto a Barcelona, el TJUE señala que la creación de la zona de bajas emisiones no se ejecutó hasta después de expirado el plazo fijado por la Comisión, y que su efectividad es “limitada”.
Sin embargo, hay que recordar, tal y cómo señalan desde el diario El País que, además de España, otros importantes países de la UE han sido ya condenados por el incumplimiento de la directiva de calidad del aire, entre ellos, Alemania, Italia y Francia. Es más, de hecho, en 2018, la Comisión Europea llegó a reconocer en un informe oficial que existía un “incumplimiento de las normas de calidad del aire” por parte de la mayoría de países europeos.