Las nuevas multas para patinetes eléctricos de la DGT

Con una normativa estatal que aún no se ha concretado, la regulación cae en manos de los municipios. Así, la Dirección General de Tráfico lleva tiempo definiendo las normas que introducirá en el Reglamento General de Circulación.


Uno de los planes de la Dirección General de Tráfico (DGT) pasa por la regulación de los patinetes eléctricos. Este tipo de movilidad alternativa ha ganado tal cantidad de adeptos en tan poco tiempo que desde los municipios, los únicos que regulan hoy en día su uso, se ha pedido una normativa estatal que controle su uso.

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Esta normativa está en fase de tramitación, aunque la DGT ya ha señalado algunas de las normas que se introducirán en el momento en el que se apruebe la regulación. A modo de instrucción, el organismo presidido por Pere Navarro, ya ofrece algunas normas para con los patinetes eléctricos, empezando por su nomenclatura: Vehículos de Movilidad Personal o VMP. Esta instrucción no busca otra cosa que ofrecer un marco normativo a las agentes de movilidad pertinentes.

La velocidad máxima a la que estos vehículos podrán circular será de hasta 25 km/h y solo lo podrán hacer por la calzada, quedando terminantemente prohibido hacerlo por la acera.

Como ya te contamos hace unos días, así quedan las multas para patinetes eléctricos según la instrucción de la DGT:

  • Circular ebrio con un patinete eléctrico se salda con una multa de entre 500 y 1.000 euros, junto a la inmovilización del vehículo.
  • Conducir un patinete eléctrico bajo los efectos de las drogas acarrea una sanción de 1.000 euros y la inmovilización del VMP.
  • Ante una negativa a un test de alcoholemia o de drogas la sanción será administrativa.
  • Usar el móvil mientras se circula o auriculares en patinete eléctrico conlleva una multa de 200 euros.
  • No usar el casco -en los municipios donde sea obligatorio- se salda con una sanción de 200 euros.
  • Circular por zonas prohibidas como aceras o zonas peatonales conlleva una multa de 200 euros.
  • El patinete eléctrico solo puede ser conducido por una persona, por lo que llevar un acompañante es objeto de sanción de hasta 100 euros.
  • Para aparcarlo, el patinete eléctrico debe dejarse de acuerdo a lo establecido en el municipio en cuestión.
  • No llevar indumentaria reflectante ni luces en el patinete eléctrico se sanciona con 200 euros.
  • Ante una multa a un menor de edad, los padres o los tutores legales del mismo se harán cargo de la sanción.

 

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