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Atento si tienes una autocaravana, la última moda es… ‘okuparlas’

La ‘okupación’ de una autocaravana en Pamplona ha sido noticia en los últimos días, pero esta actividad está, lamentablemente, cada vez más a la orden del día. ¿Cómo puedes evitar estos casos?, ¿qué consecuencias tienen para los infractores?

El pasado 18 de junio la Policía Municipal de Pamplona detuvo a dos jóvenes de nacionalidad marroquí (uno menor de edad) que habían ‘okupado’ una autocaravana estacionada en el barrio de la Rochapea. La detención tuvo lugar a las a las 00:20 de la madrugada, cuando el propietario de una autocaravana estacionada cerca de la ‘okupada’ escuchó ruidos sospechosos y presenció a estas dos personas forzando las ventanas del citado vehículo.

Tras dar aviso a la Policía, los agentes se presentaron en el lugar y detuvieron a los dos jóvenes, quienes fueron encontrados durmiendo en el interior del vehículo.

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Puede parecer un acto aislado, pero cuidado, porque ya no es sólo que, debido al auge de matriculaciones de estos vehículos, la ‘okupación’ de autocaravanas y caravanas sea cada vez más popular; es que, además, es un acto delictivo que viene ocurriendo desde hace ya varios años.

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Cómo protegerse de la ocupación de una autocaravana

A la hora de evitar cualquier ataque a una autocaravana, la primera medida pasa por intentar estacionarla siempre en áreas vigiladas o, al menos, públicas e iluminadas.

Más allá de eso, reforzar los cierres de puertas y ventanas (con cierres específicos y más resistentes) es esencial. Incluso, podemos llegar a sopesar la instalación de cámaras de vigilancia exterior que pueden estar conectadas a nuestro smartphones.

Además, en foros especializados o en apps especializadas en caravaning podrás encontrar valoraciones sobre la seguridad de algunos lugares de estacionamiento, así como consejos para aumentar la seguridad de tu vehículo.

‘Okupar’ una autocaravana, ¿qué consecuencias tiene?

En el Código Penal, la ‘okupación’ de una autocaravana no aparece recogido como un delito propio, pero se adscribe al delito de allanamiento de morada; que este Código describe como “el ingreso o la permanencia en una morada ajena en contra de la voluntad de su morador”.

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El Código Penal protege en este caso el bien jurídico de ‘la inviolabilidad del domicilio’, ya que la morada se entiende jurídicamente, como un concepto que atañe no solo al interior de la vivienda habitual, sino a todos los lugares que formen parte de la vida privada; entre ellos, por supuesto, las autocaravanas y las furgonetas camper.

Así, las penas para aquellos que hayan cometido un allanamiento de morada van desde los seis meses hasta los dos años de prisión, aunque, en caso de que “el hecho se ejecutare con violencia o intimidación”, ascenderían a un período de cárcel de entre uno y cuatro años. Además, en caso de incurrir en este agravante, el delincuente debería abonar, asimismo, el pago de una multa diaria (a decidir por el juez) durante un plazo de seis a doce meses.

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