¿Puedo recurrir tres sanciones, dos de 2008 y una de 2011?

uno de nuestros lectores tiene tres multas, dos de 2008 y una de 2011 y no tiene claro cunado prescriben.


Hace unos días, y al ir a realizar unos trámites en mi ayuntamiento, me comunicaron que tenía varias multas pendientes: en concreto, dos del año 2008 y otra más correspondiente a 2011. El hecho es que yo no tenía ninguna noticia de estas sanciones, ya que nunca me han informado por carta ni he recibido ninguna resolución en mi domicilio. Me gustaría saber si alguna de estas multas ha podido prescribir ya o, si no, qué podría hacer para recurrirlas y/o no pagarlas. Gracias.

J. I. (Burgos)

Respuesta de Ana María Amador, del departamento jurídico de CEA: No te preocupes demasiado por las sanciones correspondientes a 2008 porque, si no te las notifican en el período reglamentario, ya habrán prescrito –hasta 2010, el plazo de prescripción de estas sanciones era de un año-. De cualquier forma, nuestro consejo es que realices un escrito y lo presentes en tu Ayuntamiento solicitando la prescripción de las mismas por encontrarse fuera de plazo.

En cuanto a la denuncia del año 2011, se trata de una cuestión distinta ya que, con la modificación de la Ley que tuvo lugar en 2010, la prescripción de las sanciones se amplió a cuatro años. Por eso, podrán reclamarte la multa correspondiente más el 20% de recargo -y si, todavía no la abonas, incluso recurrir a Hacienda para que te embargue tus ingresos hasta su cobro-. Lo más inteligente es que pagues de inmediato esa sanción y que, una vez lo hayas hecho, la recurras, presentando un escrito ante el departamento de Recaudación Ejecutiva de tu consistorio y alegando que nunca te llegó a tu domicilio ni la denuncia, ni la multa, ni la resolución sancionadora.

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