¿A qué velocidad quitan puntos del carnet de conducir los radares de la DGT?

La DGT obligada a rebajar una multa, por no aplicar el margen de error de un radar de velocidad

A finales del pasado mes de junio, Tráfico reforzaba su red de equipos de vigilancia de cara a la actual campaña de verano. El objetivo principal de este plan es reducir al máximo el número de accidentes relacionados con el exceso de velocidad y las distracciones. A pesar de que la tecnología aplicada a los cinemómetros ha avanzado mucho en los últimos años, aún se siguen registrando errores puntuales.

A pesar de que las distracciones causadas por el uso del teléfono móvil al volante son la principal causa detrás de las muertes registradas en accidentes de tráfico, el exceso de velocidad también se encuentra entre los principales factores de riesgo. Sólo en el año 2020, Tráfico emitió un total de 2.406.056 multas relacionadas con el uso desmedido del acelerador, lo que supone un aumento del 17,46% respecto al año anterior.

Como decimos, los radares de velocidad han experimentado una evolución sustancial en los últimos años, siendo cada vez más precisos. Sin embargo, no son máquinas perfectas y de vez en cuando también pueden cometer algún que otro error. Así lo demuestra la última sentencia dictada contra la DGT. En las siguientes líneas analizamos el caso.

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radar de velocidad

Un conductor que circulaba a 152 km/h por el kilómetro 257,5 de la  autovía A-52 de Ourense fue multado por exceso de velocidad al sobrepasar el límite establecido de 120 km/h. Esta conducta le acarreó una multa de 500 euros y la pérdida de 2 puntos del carnet de conducir. El afectado decidió llevar en 2018 a la DGT a los tribunales al entender que se había producido un fallo en el margen de error que deben de tener todos los radares, solicitando una reducción de la sanción. 

El propietario del coche aseguraba que la fotografía captada del coche era insuficiente alegando que es improbable que el vehículo circule de manera paralela al radar para que este pueda aplicar correctamente el margen de error sin fallo alguno. Acogiéndose por lo tanto a la orden del derecho a la defensión, el conductor denunciado ha logrado ganar la sentencia frente a la DGT. El organismo presidido por Pere Navarro se ha visto obligado a rebajar la multa a 100 euros sin pérdida de puntos.

Como ya sabemos, la cuantía de las multas impuestas por los más de 1.300 cinemómetros que se encuentran operativos en nuestras carreteras dependen de factores como la velocidad a la que se haya cometido la infracción, la carretera o autovía por la que se circule, el margen de error o del tipo de radar. La sanción más leve es de 100 euros y no conlleva pérdida de puntos para el conductor y la más grave puede acarrear penas de hasta los 600 euros más la retirada de 6 puntos.

Los radares de la DGT tienen un margen de error de 7 km/h siempre que el límite de velocidad establecido sea igual o menor a 100 km/h. Cuando se impone una multa por exceso de velocidad, el radar debe llevar aplicado ya dicho margen, de lo contrario la sanción quedaría anulada o se reduciría un porcentaje.

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