En 2019, el Gobierno recaudó 4.877 millones de euros por este impuesto

¿Cuánto pagarás de IVA si compras un coche?

Enrique Espinós
Enrique Espinós
El 21% de su precio si adquieres un coche nuevo o uno usado, pero sólo si lo adquieres a un profesional. Si lo adquieres a un particular, tendrás que abonar en cambio el impuesto de Transmisiones Patrimoniales, cuyo importe varía en función de la CC. AA. en la que residas.

Siempre que se adquiere un vehículo nuevo, el comprador ha de abonar el 21 % del Impuesto sobre el Valor Añadido, un tributo que se calcula y abona a partir del Precio Franco Fábrica del Vehículo (el precio del coche sin impuestos de ningún tipo). Así, por ejemplo, en 2019 (último año con ventas no afectadas por la pandemia) el Gobierno recaudó más de 4.877 millones de euros sólo por este impuesto, un 0,4 % más que en 2018.

Pero ojo, porque si el comprador tiene un grado de discapacidad superior al 33 % (certificado por el IMSERSO o por el órgano competente de su CC.AA.) y que cuente con un certificado de movilidad reducida, abonará un 4 % de IVA (y no el 21 %) tanto al adquirir un vehículo como si ha de adaptar uno a sus necesidades. Eso sí, el comprador siempre deberá solicitar esta exención previamente a la adquisición, acudiendo a su delegación de Hacienda para rellenar allí un impreso específico. Esta rebaja del IVA puede solicitarla asimismo cualquier individuo que vaya a adquirir un vehículo para transportar habitualmente a una persona con discapacidad en silla de ruedas. En este último caso, el comprador deberá aportar un certificado de empadronamiento en la misma vivienda que el PMR o bien demostrar una relación de cónyuge o pareja de hecho, de parentesco…

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Si compras un coche usado, ¿tendrás que abonar IVA?

Depende de a quién se lo compres. Si lo haces a una empresa (concesionario o compraventa), tendrás que abonar el 21 % de IVA.

Pero si compras el coche de V.O. a un particular, únicamente tendrás que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITM) correspondiente a la Comunidad Autónoma en la que residas, que varía entre el 4 % y el 8 %, según cada región: por ej., en Madrid, La Rioja, Navarra, Murcia y País Vasco el impuesto supone el 4 %; en Extremadura, el 6 %; y en Galicia, el 8 %. El ITM se calcula sobre los precios medios de los vehículos (turismos, TT , motocicletas y embarcaciones de recreo) que, cada año, publica la Agencia Tributaria; ojo, sobre ellos hay que aplicar el correspondiente factor de corrección o depreciación en función de la antigüedad del vehículo (por ej., un turismo de entre 2 y 3 años cuenta con un valor de corrección del 67 %, por lo que se deprecia un 33 %). Puedes ver y descargar las tablas correspondientes a 2021 aquí.

Por ejemplo, para calcular el impuesto de Transmisiones Patrimoniales de un Renault Mégane matriculado en febrero de 2015, tendrás que consultar su valor en tablas, aplicarle el factor de corrección (para coches de entre 6 y 7 años, del 34 %) y, sobre la cifra que logres, calcular el % correspondiente a tu CC.AA. Si gestionas la compra del coche en una gestoría, esta se encargará de calcularte y cobrarte este impuesto. Si no lo haces así, una vez hayas firmado el contrato de compraventa con el vendedor, y antes de acudir a Tráfico, tendrás que ir a la delegación de la Agencia Tributaria de tu CC.AA., rellenar el formulario 620 y abonar el importe correspondiente: te facilitarán un recibo que, más tarde, tendrás que presentar en Tráfico para que ellos efectúen el cambio de titularidad.

¿Tendrás que pagar el IVA si adquieres un coche mediante renting?

Las cuotas mensuales de un contrato de renting ya incluyen el 21 % de IVA. Pero ojo, porque si eres autónomo o empresa, los gastos del vehículo (entre ellos la cuota de renting) son deducibles el 100 % siempre que se demuestre que están ligados exclusivamente a tu actividad económica. Si eres particular, no podrás desgravarte ninguna cantidad de la cuota.

A tenor del cambio de homologación de emisiones y a partir de la entrada en vigor de la enmienda el 11 de julio de 2021, sí se reducirá ligeramente el precio de algunos de los vehículos adquiridos por las empresas de renting. Desde la AER (Asociación Española de Renting de Vehículos) señalan que esta medida “no afectará a los contratos ya vigentes” y que, para los contratos firmados a partir de la rebaja de este impuesto, “sí podría incidir en una posible bajada de la cuota dependiendo del modelo arrendado”, ya que la empresa de renting podrá adquirir determinados modelos a un precio inferior al anterior a la enmienda. Eso sí, y según señala a Autofácil otra fuente del sector, a partir del 1 de enero de 2022 (y con la vuelta a los tramos impositivos por emisiones anteriormente vigentes), todo parece indicar que las cuotas mensuales podrían subir ligeramente “entre uno o dos euros al mes… en función del vehículo y el contrato firmado”.