Los coches que no podrán circular por la M-40 de Madrid en menos de un mes: la multa será de 200 euros

A partir del 1 de julio las multas ya serán en firme para los coches que no pueden circular por la M-40 de Madrid.

Las restricciones al tráfico siguen ampliándose y, con ellas, la movilidad para algunos coches se vuelve más complicada. Y es que, desde el 1 de enero de 2024, los vehículos sin etiqueta en Madrid tienen prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio; algo que afecta a algunas salidas de tramos de la M-40.

La novedad es que, a partir del 1 de julio, las multas por circular por Madrid sin etiqueta ya serán en firme, puesto que se acaba el periodo de preaviso. Te explicamos cómo son estas nuevas restricciones en Madrid.

Los coches sin etiqueta de la DGT no podrán circular por la M-40

Restricciones de movilidad en Madrid
Fuente: Google Street View

Los coches sin etiqueta en Madrid en 2024 no pueden ir por la M-40; en concreto, nos referimos a las salidas en algunos tramos de esta autopista de circunvalación que pertenecen al municipio de Madrid, que es donde tienen prohibida la entrada. Aunque, como hemos indicado antes, las multas no serán en firme hasta el próximo 1 de julio de 2024, fecha en la que se termina la fase de seis meses que dura el preaviso.

Desde el 1 de enero hasta el 30 de junio, lo que el Ayuntamiento de Madrid envía a los vehículos que circulan por Madrid sin etiqueta es una carta en la que se indica que el vehículo ha sido captado por las cámaras con las que el Consistorio cuenta para vigilar los accesos indebidos a la ciudad. Hay cámaras de vigilancia en el interior de la M-30, en las salidas de la M-40, etc. 

Recuerda que cuando hablamos de la M-40 o de tramos de la M-40 siempre nos estamos refiriendo a que los coches sin etiqueta no pueden tomar algunas salidas de esta vía de circunvalación porque, de hacerlo, estarían entrando en el municipio de Madrid. La M-40 pertenece a la Red Nacional de Carreteras y, por lo tanto, por el momento no cuenta con restricciones a la circulación.

La multa por circular por la M-40 a partir de julio

Desde el 1 de julio de 2024, la multa que te pondrán por circular con un coche sin etiqueta en la M-40 de Madrid y tomar una salida por la que entres a la capital es de 200 euros, tal y como establece la reforma de la Ley de Tráfico del 21 de marzo de 2022. Es decir, esta sanción tiene la misma cuantía para los accesos indebidos en todas las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de los ayuntamientos.

Restricciones de movilidad en Madrid

Esta multa de 200 euros por circular por Madrid sin etiqueta sí que admite el descuento del 50 % por pronto pago; por lo que si la abonas en los primeros 20 días desde que te llega la notificación te beneficias de esa rebaja de 100 euros; aunque renuncias a la posibilidad de interponer un recurso. Esta multa no supone la retirada de puntos del carnet de conducir.

Qué coches sin etiqueta sí podrán circular por la M-40

Los vehículos sin etiqueta que sí pueden circular por la M-40 y tomar esas salidas, ya que pueden ir por todo el municipio de Madrid, son aquellos que cuentan con algún distintivo medioambiental de la DGT: B, C, ECO y CERO Emisiones; aunque con algunas limitaciones que te explicamos a continuación.

Esas limitaciones afectan a Madrid Distrito Centro, el antiguo Madrid Central, que es una ZBEDEP (Zona de Bajas Emisiones De Especial Protección) que cuenta con sus propias restricciones particulares para el acceso de los vehículos. En Madrid Distrito Centro los vehículos con etiqueta B y C tienen prohibido el acceso sólo para atravesar esta ZBEDEP, pero sí pueden entrar si estacionan en un aparcamiento de uso público o privado.

En cuanto a las nuevas restricciones que llegarán a Madrid destaca que, hasta el 31 de diciembre de 2024, pueden acceder y circular por el municipio los siguientes coches sin etiqueta:

  • Vehículos que, a fecha el 1 de enero de 2022, estén domiciliados en la ciudad de Madrid y paguen el impuesto de Circulación, y cumplan estos dos requisitos hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • Los vehículos sin etiqueta que no sean turismos; esto es, camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores.

Por último, desde el 1 de enero de 2025, sólo podrán circular por el término municipal de Madrid determinados vehículos sin pegatina de la DGT, que son los siguientes:

  • Los vehículos que tengan la consideración de históricos, según está establecido en el Reglamento de Vehículos Históricos.
  • Aquellos vehículos adaptados o no, pero que se utilicen para el traslado de personas con movilidad reducida, o cuyo titular sea una persona con minusvalía. Estos vehículos tienen que estar registrados en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y también disponer de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Vehículos de emergencias (por ejemplo, los camiones de bomberos) y de las Fuerzas Armadas

¿Por dónde puedo circular en Madrid si tengo un coche sin pegatina de la DGT?

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