La Policía o la Guardia Civil están en derecho de parar a cualquier conductor en cualquier momento para reclamar la documentación del vehículo y también la suya. Por eso, es necesario llevar siempre en el coche toda la documentación necesaria para conducir. ¿Quieres saber cuáles son estos documentos?
- Carné de conducir.- No llevar el permiso de conducir conlleva una sanción de 10 euros y si a la hora de comprobarlo algún dato no coincide puede ascender a 80 euros. No obstante, la multa puede ser mayor si tu carné está caducado (200 euros) o si te lo han retirado, pero sigues cogiendo el coche (500 euros y cuatro puntos).
- Permiso de circulación.- Es la tarjeta que expide la DGT y en la que se reflejan los datos del coche. Si no la llevas en el vehículo tendrás que pagar 10 euros, pero si no tienes permiso de circulación en vigor la cuantía de la multa asciende hasta los 500 euros.
- Tarjeta ITV.- Es obligatoria desde el momento en que tu coche cumpla cuatro años. Si no la llevas pueden multarte con 10 euros y sino has pasado la revisión; 200 euros de sanción.
- Seguro del coche.- No es obligatorio llevar el resguardo pago, pues los agentes pueden comprobarlo en línea. En caso de circular sin seguro, el vehículo quedará inmovilizado y el conductor recibirá una multa de entre 1.500 euros (vehículos que se conduzcan con el carné B) y 2.800 euros (vehículo que se conduzcan con el carné C, C1, D, C+E y D+E).
- Numerito.- Es el nombre común que recibe el impuesto de circulación. No es obligatorio llevarlo, pues lo agentes pueden comprobarlo por vía telemática. No obstante, será más rápido y efectivo si lo llevamos encima.