El juzgado de lo mercantil nº 2 de Madrid ha estimado la medida cautelar solicitada por la Asociación Madrileña del Taxi y ha ordenado el cese y prohibición de la actividad de Uber en todo el territorio español. Una medida cautelar con una vigencia de 20 días que toma el magistrado indicando que «existen motivos que aconsejan que la adopción de las medidas se haga con la mayor brevedad posible ya que existen indiciariamente conductas ilícitas que se agotan en sí mismas como es el reiterado servicio de transporte de viajeros que se viene prestando desde hace semanas en Madrid, y con anterioridad en otros puntos del territorio nacional, con la afección directa al servicio público impropio del taxi»
Tras esta sentencia judicial se prohíbe el uso de cualquier app móvil o web que tenga relación con Uber, un fenómeno que poco a poco estaba tomando fuerza en muchas ciudades españolas como Madrid o Barcelona.
El juez explica en su escrito que se trata de una medida cautelar que tendrá vigencia, en primer lugar, a partir del momento en que la Asociación Madrileña del Taxi aporte los 10.000 euros que exige el juzgado, y que quedará invalidada si los denunciantes no presentan dentro de 20 días la demanda correspondiente.
El juez defiende que este caso requiere una respuesta judicial previa ya que la aplicación funciona a través de internet y de forma instantánea: «La actual universalización de la comunicación y contratación por internet de un sistema que se sitúa presuntamente en el margen de la legalidad requiere una posible respuesta judicial previa en espera de la cognición plena en el proceso declarativo posterior».
El magistrado también pone en movimiento a las empresas de telecomunicaciones, a los bancos e incluso al Ministerio correspondiente. A las empresas de telecomunicaciones les exige que suspendan «la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación en relación con UBER». A las entidades bancarias, por su parte, que hagan lo propio con cualquier actividad económica de ingreso o pago en torno a esta plataforma.
Otro de los puntos de esta sentencia judicial es la opacidad clara que se ve dentro del desarrollo de la actividad de Uber. El juzgado nº 2 de lo mercantil desconfía de la actividad de esta aplicación móvil al tener su actividad y cuentas en Delawere, un paraíso fiscal dentro de los Estados Unidos. Este hecho hace que para la Justicia española Uber sea una «actividad demasiado opaca» ¿Será esta sentencia la muerte definitiva de Uber en España? ¿Se verán afectadas otras actividades similares como Blablacar?