Carnet de conducir: el Gobierno aprueba la reforma de la Ley Tráfico y endurecerá las sanciones

Entre las medidas aprobadas en la reforma, se establece un aumento en el número de puntos retirados del carnet por conductas inadecuadas al volante como el uso del teléfono móvil o el uso indebido del cinturón de seguridad.


Trás la última reunión del Consejo de Ministros celebrada este martes, el Gobierno ha aprobado la reforma del carnet por puntos, vigente desde el año 2005. Así lo ha anunciado la portavoz del Ejecutivo, María Jesús Montero en su última comparecencia. El principal objetivo de esta reforma no es otro que mejorar la seguridad vial en nuestras carreteras y reducir al máximo el número de víctimas y accidentes de tráfico. Con todo ello se espera poder »aspirar a una cifra cercana a cero en el año 2050″.

reforma ley de tráfico

El proyecto de ley, que modifica la Ley de Tráfico 2015, agravará las sanciones relacionadas con algunos de los comportamientos que generan un mayor riesgo entre los conductores. Hablamos de conductas como el uso del teléfono móvil o el uso indebido de los elementos de seguridad y protección a bordo del vehículo. En palabras de la portavoz, esta medida se enmarca dentro de la estrategia de la Dirección General de Tráfico (DGT) de «generar un nuevo modelo de seguridad vial que se alinea con la política de la Unión Europea».

¿Qué novedades trae el nuevo carnet por puntos?

Como decíamos, las principales medidas que nos afectan tienen que ver con un endurecimiento de las sanciones que incluyen una mayor detracción en los puntos del carnet de conducir y una cuantía económica superior en las multas. Estos son los cambios:

  • El número de puntos que se pierden por sujetar el teléfono móvil con la mano mientras se conduce pasa a ser de 3 a 6 puntos. Por otro lado, si el conductor utiliza un teléfono o dispositivo móvil sin llevarlo en la mano, se expondrá a una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carnet.
  • Aumentan de 3 a 4 los puntos retirados por no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección. Además, se incorpora como causa de la pérdida de puntos un uso incorrecto de los mismos.
  • Llevar instalado un localizador de radares en el vehículo estará considerado como una infracción grave y supone una retirada de 3 puntos.
  • Siempre y cuando no se hayan perdido todos los puntos del carnet, se necesitarán dos años para recuperar los 12 puntos iniciales. Hasta el momento, este hecho variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.
  • Los turismos y motocicletas tendrán prohibido superar en 20 km/h los límites establecidos en las carreteras convencionales a la hora de realizar un adelantamiento.
  • Será posible recuperar 2 puntos del carnet, hasta un máximo de 15 puntos y con una frecuencia máxima de un curso certificado por la DGT cada dos años. No obstante, la recuperación no será efectiva hasta que se apruebe la regulación de las condiciones que deben cumplir estos cursos.
  • El uso de pinganillos o dispositivos de intercomunicación durante las pruebas para la obtención y recuperación de permisos de conducción será considerado una infracción de tipo muy grave. Esto supone una multa de 500 euros y seis meses sin poder presentarse de nuevo a las pruebas.
  • Las empresas dedicadas al transporte de personas y mercancías podrán ser conocedoras de si un conductor profesional de su plantilla se encuentra en situación legal de poder conducir, al disponer de un saldo positivo de puntos.

Además, durante su presencia ante los medios de comunicación, Montero también ha confirmado la aprobación de un Real Decreto que regula los servicios de auxilio en vías públicas. Y es que, tal y como exponía la portavoz, según los datos recogidos desde el año 2015, »han fallecido 60 operarios, más de 113 han sido hospitalizados y 769 han resultado heridos en accidentes producidos mientras procedían al rescate o retirada de vehículos».

luz de emergencia V16

En este sentido, oficialmente los triángulos de emergencia ya tienen fecha de caducidad: el 1 de enero de 2026. A partir de este día será obligatorio el uso de un dispositivo luminoso sobre el techo del vehículo para indicar una incidencia. Se trata de una luz V16 que podrá ser colocada sin abandonar el habitáculo gracias al anclaje magnético que incluye este dispositivo. El reflector parabólico de estas balizas luminosas será visible en un radio aproximado de un kilómetro, incluso en condiciones de baja visibilidad.

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