El Gobierno aprueba una prórroga de tres meses para pasar la ITV para los vehículos cuya inspección técnica caduque entre el 21 de junio y el 31 de agosto.
¿Qué plazo tengo para pasar la ITV si me ha caducado durante el estado de alarma? Esa es una de las preguntas que más se formulan los conductores, a raíz de la ampliación de los plazos aprobada por el Gobierno, aprobada en los momentos más duros de la pandemia por coronavirus.
Sin embargo, si tu coche o moto tenían que pasar la ITV entre el 21 de junio y el 31 de agosto, también podrás beneficiarte de una ampliación en el plazo de la Inspección Técnica. Y es que, desde su apertura el pasado 18 de mayo las estaciones se han visto desbordadas por la sobrecarga de trabajo, al tener que realizar los 5.000.000 millones de inspecciones que han dejado de efectuarse durante el confinamiento.
De esta forma, si tienes que acudir a la Inspección Técnica de Vehículos entre el 21 de junio y el 31 de agosto, ahora contarás con tres meses adicionales para pasar la ITV. Una medida anunciada por el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos.
Por otro lado, desde el Ministerio de Transportes también han indicado que durante esta prórroga, tendrán preferencia para superar la revisión los vehículos de los transportistas profesionales. A continuación, te dejamos una tabla resumen con la fecha en la que vence la ITV de coche, en función del momento en el que le ha caducado.
Fecha de vencimiento original del vehículo | Periodo de prórroga una vez finalizado el estado de alarma | Periodo de prórroga en días naturales |
Semana 1: 14 a 20 de marzo | 30 días + 15 días adicionales | 45 días |
Semana 2: 21 a 27 de marzo | 30 días + 2 periodos de 15 días | 60 |
Semana 3: 28 marzo a 3 abril | 30 días + 3 periodos de 15 días | 75 |
Semana 4: 4 a 10 abril | 30 días + 4 periodos de 15 días | 90 |
Semana 5: 11 a 17 abril | 30 días + 5 periodos de 15 días | 105 |
Semana 6: 18 a 24 abril | 30 días + 6 periodos de 15 días | 120 |
Semana 7: 25 abril a 1 mayo | 30 días + 7 periodos de 15 días | 135 |
Semana 8: 2 a 8 mayo | 30 días + 8 periodos de 15 días | 150 |
Semana 9: 9 a 15 mayo | 30 días + 9 periodos de 15 días | 165 |
Semana 10: 16 a 22 mayo | 30 días + 10 periodos de 15 días | 180 |
Semana 11: 23 a 29 de mayo | 30 días + 11 periodos de 15 días | 195 |
Semana 12: 30 de mayo a 5 de junio | 30 días + 12 periodos de 15 días | 210 |
Semana 13: 6 a 12 de junio | 30 días + 13 periodos de 15 días | 225 |
Semana 14: 13 a 19 de junio | 30 días + 14 periodos de 15 días | 240 |
Semana 15: 19 a 21 de junio (fin estado alarma) | 30 días + 15 periodos de 15 días | 255 |
Semana n | 30 días + n periodos de 15 días | 30 + (n x 15) |
Para los vehículos cuya inspección caducase entre el 21 de junio (fecha en la que concluyó el estado de alarma) y el 31 de agosto, el Gobierno ha decretado una prórroga en el plazo de la revisión de tres meses.
Recuerda que el día del mes también cuenta para calcular esta fecha. Es decir, si a tu coche le caducó la ITV el 21 de junio, tendrás hasta el 21 de septiembre para pasarla; mientras que si le caducó el 1 de agosto, deberá hacerlo el 1 de noviembre. A continuación te mostramos la correspondencia entre meses.
Aunque circular con la ITV caducada o habiendo sido rechazado no conlleva puntos en el carnet, sí que existe una sanción administrativa. En concreto, hay tres tipos de multas:
Por último, conviene recordar que aunque un coche haya superado la ITV, los agentes podrán sancionar a su propietario con una multa de 80 euros si no lleva la pegatina en el parabrisas.
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