¿Puedo denunciar yo mismo una infracción de Tráfico?
La respuesta a la pegunta formulada en el titular es sí. Cualquier ciudadano puede denunciar a un conductor, incluso€ si se trata de un agente, siempre que observe que ha tenido una conducta contraria a la normativa de tráfico -por ej., aparcar encima de la acera-. Eso sí, para hacer valer la acusación, tendrá que presentar, pruebas -fotos, testigos€- a diferencia de los agentes de la autoridad, que en el ejercicio de su cargo y si tienen competencias de Tráfico, contarán con presunción de veracidad -su palabra ya sirve como prueba ante un tribunal-.
¿Dónde y cómo puedes poner una denuncia?
Según donde presencies la infracción:
- Si circulas fuera de ciudad, deberás acudir a las oficinas de denuncia de cualquier cuartelillo de la Guardia Civil -o de los Mossos en Cataluña o la Ertzaintza en el País Vasco-. También puedes denunciar el suceso, tanto de forma presencial como enviando un correo certificado, en cualquier Jefatura de Tráfico.
- Si estás en una ciudad, puedes acudir a cualquier oficina de denuncias de la Policía Municipal, así como al departamento de Tráfico de ese ayuntamiento.
- ¿Lo más cómodo en ambos casos? Buscar por la zona un agente -o solicitar por teléfono (092 para la Policía Municipal; 062, la Guardia Civil) la presencia de uno- que redacte la denuncia por ti -firmándola con tu nombre- y la presente en tu lugar.
¿Qué necesitarás?
Un formulario de denuncia -solicítalo en el cuartelillo de la Guardia Civil, en la comisaría de Policía Municipal o en Jefatura de Tráfico- en el que, tanto si presentas la denuncia contra otro conductor como contra un agente, deberás:
- Identificar al infractor: Si se trata de una infracción de Tráfico, indica el número de matrícula del coche infractor, el modelo, su color… pero si denuncias a un agente, también deberás apuntar su nombre y número de placa.
- Explica tu versión de los hechos: cuenta, de forma detallada, las circunstancias en las que se cometió la infracción, señalando la hora y lugar. Además, deberás aportar las pruebas que apoyan tu versión -nombres y teléfonos de testigos, fotografías, grabaciones de vídeo…-.
- Y lo más importante: Deberás identificarte como denunciante con tu nombre, profesión, DNI y domicilio. ¿El ‘problema’? Tendrás que dejar constancia de quién eres y el denunciado lo sabrá. Por eso, y ante el miedo de sufrir posibles represalias, muchos conductores no denuncian a otros.
Tras presentar la denuncia…
Tráfico se la notificará al infractor, que tendrá 20 días para presentar alegaciones.
- Si no presenta alegaciones, acepta los hechos y asume la sanción; por lo que acaba el proceso.
- Si no está de acuerdo con aquello de lo que le acusas y presenta pruebas para rebatirte -tiene 20 días de plazo-, Tráfico te las remitirá para que las rebatas y contestará al infractor… que puede volver a recurrir. Importante: A.- Si, junto a tu denuncia, no presentas pruebas que ‘acusen’ al denunciado… y éste niega los hechos, rige la presunción de inocencia y la denuncia se archivará. B.- Si denuncias a un conductor -presentes o no presentes pruebas- y éste no niega los hechos, la denuncia seguirá adelante y se ratificará la sanción a ese conductor.