¿Te pueden multar por circular por el carril izquierdo? La DGT responde

Circular por el carril izquierdo es una conducta muy habitual en los conductores españoles, más aún en carretera y más habitual en periodos de intenso tráfico como las Operaciones Salida de este verano. Incluso la DGT calcula que, en algunas ocasiones, el porcentaje de ocupación de este carril llega al 60%. Pero eso no quiere decir que sea una conducta correcta…
De hecho, el Reglamento General de Circulación, en su artículo 31, indica que “en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de marcha, se circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga”. Así, tal y como explica la DGT, “El [carril] central y el izquierdo son para adelantar o para cuando las circunstancias del tráfico/vía lo aconsejen”.
La regla general es que se debe circular por el carril derecho.
El central y el izquierdo son para adelantar o para cuando las circunstancias del tráfico/vía lo aconsejen, siempre que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga.#ConducirMejor pic.twitter.com/4WIXxuic19— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) April 26, 2022
Entonces, ¿me pueden multar por circular por el carril izquierdo?
La propia DGT señala en otro tweet que “circular por el carril izquierdo entorpece la circulación y genera situaciones de riesgo”, lo que ejemplifica en un vídeo. Pero hay que reconocer que, en el Reglamento de Circulación no se cita específicamente que circular por el carril de la izquierda de una vía rápida sea sancionable.
¿ Sabes por qué circular por el #carril central o el izquierdo ⬇️⬇️⬇️ entorpece la circulación y crea situaciones de riesgo?
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) September 10, 2020
En este vídeo te lo explicamos📽️👇#CirculaSeguro pic.twitter.com/O0gPIXpogD
Aun así, y dada la redacción del Reglamento y del espíritu de la normal, circular por el carril de la izquierda se sanciona con 200 euros de multa… siempre que no estemos adelantando a ningún vehículo y que el carril derecho esté vacío. Además, agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil consultados por Autofácil también indican que “solemos sancionar asimismo a aquellos conductores que circulan por el carril izquierdo por sistema”.
Circular por el carril izquierdo es perfectamente legal… en poblado
Ya lo indica el artículo 33 del citado Reglamento de Circulación: “Cuando se circule por calzadas de poblados con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, excepto si se trata de autopistas o autovías, el conductor de un automóvil o de un vehículo especial podrá utilizar el que mejor convenga a su destino, siempre que no sea un obstáculo a la circulación de los demás vehículos, y no deberá abandonarlo más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar”.

Adelantar: siempre por el carril izquierdo excepto en dos casos
Eso sí, el Reglamento de Circulación, en su artículo 82, establece que todo adelantamiento a un vehículo deberá realizarse por la izquierda del mismo; esto es, usando el carril izquierdo de una vía cuando exista.
Aunque el mismo artículo 82 establece dos excepciones:
- Sólo “si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado”.
- Y “dentro de los poblados, en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido […] delimitados por marcas longitudinales, se permite el adelantamiento por la derecha a condición de que el conductor del vehículo que lo efectúe se cerciore previamente de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios.
Es más, el artículo 83 de esta norma también deja claro que, en atascos, el que un vehículo que circule por el carril de la derecha y que sobrepase a otro que circule por el de la izquierda no estará realizando un adelantamiento. Y es que recuerda que adelantar por la derecha es una infracción que se sanciona con 200 euros.