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Radares y multas

La DGT alerta de los riesgos de conducir con resaca y avisa de las multas que te puede poner

La DGT asegura que conducir con resaca tiene unos efectos parecidos a aquellos que se producen si nos ponemos al volante habiendo consumido alcohol o con fatiga y, por eso, alerta sobre los riesgos que supone esta conducta e, incluso, de las multas que puede conllevar.

Además de incrementar los controles de consumo de alcohol y drogas al volante, la Dirección General de Tráfico (DGT) también alerta de que algo tan habitual como la resaca puede ponernos en riesgo al volante. Así, desde sus redes sociales insiste en la importancia de conducir descansado.

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Según la DGT, con resaca se duplica la dificultad para conducir, y se sobrepasan en hasta cuatro veces los límites de velocidad. Este es el motivo por el que este organismo avisa de que los efectos que la resaca puede producir en los conductores son similares a los de conducir tras haber tomado alcohol o sin descansar lo suficiente y con síntomas de fatiga.

Estos son los efectos de la resaca

Las alteraciones que el cuerpo puede sufrir tras el haber consumido alcohol y que, según la DGT, afectan a las tareas diarias, entre las que se encuentran la conducción, son:

  • Neurológicas: Ya que la actividad del cerebro se ralentiza hasta 16 horas después de desaparecer el alcohol.
  • Hemodinámicas: Porque aumenta el trabajo cardiaco.
  • Hormonales: Se incrementa la cantidad de veces que orinamos y, por lo tanto, se puede originar deshidratación.

Y todas estas alteraciones se pueden ver agravadas si bebemos más alcohol, tenemos el estómago vacío, dormimos mal o poco, no tomamos alcohol de forma habitual, etc.

En cuanto a algunos de los síntomas a los que nos podemos enfrentar conduciendo con resaca son los siguientes: fatiga y debilidad, temblor, dolor de cabeza, náuseas y vómitos, menor atención, alteración visual-espacial, falta de sueño, etc.

Y las multas que te pueden poner

sistema de deteccion de fatiga

Por conducir con resaca no te van a multar, pero sí te sancionarán si superas la tasa de alcohol permitida, aunque si cuando consumiste alcohol fue el día anterior, es difícil que sigas dando positivo en un control de alcoholemia; si quieres saber cuáles son las tasas de alcohol máximas permitidas accede desde este enlace a esta otra noticia en la que te lo explicamos.

Las multas por superar las tasas de alcoholemia parten desde los 500 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet, si la la tasa de alcohol en aire espirado se sitúa entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l (entre 0,15 y 0,30 mg/l para noveles y profesionales). Mientras que si la tasa de alcohol en aire espirado supera los 0,50 mg/l (0,30 mg/l para noveles y profesionales), la sanción es de 1.000 euros y la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir.

Y si la tasa de alcohol sobrepasa los 0,60 mg/l en aire espirado, la infracción administrativa se considera un delito contra la seguridad vial castigado con penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a tres meses; además, se perderá el carnet de conducir durante un periodo de entre uno y cuatro años.

Además, hay otras muchas multas consideradas como graves que te pueden poner por conducir con resaca: por ejemplo, si la situación de resaca en la que te encuentras afecta a tu conducción y realizas con el coche alguna maniobra peligrosa que se pueda considerar incluso negligente, algo que está sancionado con 200 euros; o si tu estado de fatiga hace que te saltes un semáforo, una señal de Stop o hasta que no respetes un paso de peatones (en todos estos casos se trata de infracciones graves cuya multa asciende a 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir).

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