La CNMC ha considerado que varias empresas concesionarias acordaron la fijación de precios y otras condiciones comerciales, e intercambiaron información estratégica en las zonas de Madrid y Barcelona. Se trata de unas prácticas prohibidas por el artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y es la segunda sanción de esta índole impuesta por la CNMC en apenas unas semanas, tras la multa impuesta a concesionarios de Toyota, Hyundai y Opel.
La organización añadió que una de las particularidades fue la participación de empresas externas contratadas por dichos puntos de venta para controlar el cumplimiento del pacto. Estas realizaban visitas periódicas a los concesionarios con el fin de recoger información que más tarde se ponía a disposición del resto de centros.
En el caso de la Madrid, la CNMC ha sancionado a Adventure Center, S.L; Bruselas Motor 4×4, S.L; C. de Salamanca, S.A.; Deysa Land Rover (Dealer y Servicio Postventa, S.A.); Divento 4×4, S.A.; Movilcar, S.A.; y Quiauto, S.A.U. Por su parte, en Barcelona, la organización ha impuesto la multa correspondiente a Accessoris Manresa 4×4, S.L., Auto Pla de Vic 4per4, S.L. y Land Motors, S.A. La sanción más elevada ha correspondido a C. de Salamanca, con un importe total de 939.313 euros. Las empresas externas que controlaban el cumplimiento de los acuerdos también han sido objetos de sanción.
La CNMC señala en el documento que contra estas resoluciones no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación. derivada de las citadas conductas por infracción de la normativa de defensa de la competencia ante los tribunales civiles.