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Radares y multas

Las multas más comunes que te pueden poner este verano de 2023

De media, la DGT impone unas 10.000 multas diarias en España; aunque esta cifra, en verano y debido al incremento de los desplazamientos, aumenta de forma notable. Estas son las multas más habituales que se ponen en esta época del año.

Según la Dirección General de Tráfico (DGT), las infracciones que más se comenten en nuestro país (y, por lo tanto, las multas que Tráfico más impone) tienen que ver con el exceso de velocidad, el consumo de alcohol y drogas, el uso del teléfono móvil y el no llevar puesto el cinturón de seguridad. Aunque, en verano, se vuelven mucho más habituales otras infracciones como son circular con la ITV caducada o, incluso, sin seguro.

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No respetar los límites de velocidad

Es una de las sanciones más habituales en verano, debido al gran número de desplazamientos por carretera y a los largos trayectos. Todos tenemos claro los límites de velocidad para los turismos: de 30 a 50 km/h en poblado, según la señalización; 90 km/h en carreteras secundarias y 120 km/h en autovías y autopistas. Pero, según distintos estudios, entre 3 y 4 de cada diez españoles reconoce sobrepasar habitualmente los límites de velocidad.

Eso supone que, si en autovía, circulamos a más de 120 km/h pero a menos de 150 km/h, nos arriesgamos a una sanción de 100 euros, aunque sin retirada de puntos. Más peligroso resulta circular en una carretera secundaria a más de 90 km/h, algo que, recuerda, ya no se puede hacer ni al adelantar a otros vehículos. En esa vía, si no superamos los 120 km/h, nos arriesgamos a una multa de 100 euros (sin puntos) pero sí lo hacemos, la sanción supone 300 euros de multa y dos puntos menos.

  • MULTAS POR EXCESO DE VELOCIDAD
 30 km/h40 km/h50 km/h60 km/h70 km/h80 km/h90 km/h100 km/h110 km/h120 km/h
Sin puntos y 100 euros31 a 5041 a 6051 a 7061 a 9071 a 10081 a 11091 a 120101 a 130111 a 140121 a 150
2 puntos y 300 euros51 a 6061 a 7071 a 8091 a 110101 a 120111 a 130121 a 140131 a 150141 a 160151 a 170
4 puntos y 400 euros61 a 7071 a 8081 a 90111 a 120121 a 130131 a 140141 a 150151 a 160161 a 170171 a 180
6 puntos y 500 euros71 a 8081 a 9091 a 100121 a 130131 a 140141 a 150151 a 160161 a 170171 a 180181 a 190
6 puntos y 600 euros81 o más91 o más101 o más131 o más141 o más151 o más161 o más171 o más181 o más191 o más

De cualquier forma, recuerda que si superas en más de 60 km/h la velocidad límite en poblado o en más de 80 km/h en vías interurbanas, estarás cometiendo un delito contra la Seguridad Vial. Algo que se sanciona, además de con la multa correspondiente (600 euros y la retirada de 6 puntos), con la retirada del permiso durante de uno a cuatro años, además de con trabajos en beneficio de la comunidad durante de 31 a 90 días, o el pago de multa diaria (la cantidad la estipula el juez) durante de seis a 12 meses o con la pena de prisión de 3 a 6 meses.

Control-de-alcoholemia-DGT

Conducir tras haber bebido alcohol o tomado drogas

En verano, las reuniones sociales o las fiestas de los distintos pueblos hacen que se disparen la ingesta de alcohol y, lo peor, que muchos conductores se pongan al volante ebrios. El límite legal de alcoholemia en España es de 0,25 ml de alcohol en aire espirado (0,15 mg para conductores profesionales y/o aquellos con menos de dos años de antigüedad del permiso) y, si lo sobrepasas, te sancionarán con un mínimo de 500 euros y la retirada de 4 puntos.

Tipo de conductorInfracciónSanción/ Retirada de puntos
Conductores con más de dos años de carnetConducir ebrio (superar la tasa de alcoholemia permitida)500 euros y 4 puntos, si circulas con una tasa de alcoholemia de entre 0,25 y 0,50 mg/L de alcohol en aire espirado (0,5 y 1,0 g por litro de sangre). 1.000 euros y 6 puntos, si superas los 0,50 mg/L de alcohol en aire espirado (1,0 g por litro de sangre)
Profesionales: conductores de taxis, servicios de urgencia, transportes especiales…
Conductores con menos de dos años de antigüedad de carnet
Conducir ebrio (superar la tasa de alcoholemia permitida)500 euros y 4 puntos, si circulas con una tasa de alcoholemia de entre 0,15 y 0,30 mg/L de alcohol en aire espirado (0,3 y 0,6 g por litro de sangre). 1.000 euros y 6 puntos, si superas los 0,30 mg/L de alcohol en aire espirado (0,6 g por litro de sangre).
Cualquier conductorNegarse a someterse a un control de alcoholemia o drogas500 euros y 6 puntos
Cualquier conductorConducir con presencia de drogas en el test salivar1.000 euros y 6 puntos

A este respecto, recuerda que, si das positivo en un test de alcoholemia… y hace menos de un año que diste positivo en otro similar, la sanción económica no será de 500 euros, sino de 1.000 euros… para castigar tu reincidencia. Eso sí, la cuantía de puntos a retirar (4 ó 6) será la correspondiente a la sanción por la tasa de alcoholemia que hayas dado.

multas movil

Usar del teléfono móvil al volante

Es una de las multas más habituales durante todo el año, que en verano se generaliza aún más, debido al uso del GPS de los teléfonos. Varios estudios indican que esta acción multiplica por cuatro el riesgo de sufrir un accidente.

Recuerda que usar el teléfono móvil conduciendo (siempre que no utilices un sistema de manos libres) así como usar el navegador o auriculares mientras conduces supone una sanción de 200 euros y la retirada de 3 puntos. Pero mucho ojo, porque desde la pasada reforma de la Ley de Tráfico, en vigor desde el pasado marzo, aún se sanciona más duramente el hecho de que utilices el teléfono móvil mientras lo sostienes en la mano: concretamente, con 200 euros pero con la retirada de 6 puntos.

multas cinturon

No llevar puesto el cinturón de seguridad

Esta infracción se sanciona con 200 euros de multa y, desde la reforma de la Ley de Tráfico el pasado marzo, con la retirada de 4 puntos (antes, de 3)… si quien no lo lleva puesto es el conductor. Si quien no lo lleva es uno de los pasajeros, se le multará con 200 euros. Y si es un menor el que no lo lleva puesto, la responsabilidad de los hechos (y de las posibles multas) recaerá sobre el conductor.

pegatina ITV

Otras multas habituales durante el verano: conducir sin ITV, sin seguro, en chanclas…

Según la DGT y otros estudios, otras multas muy habituales durante estos meses estivales son circular con el coche con el seguro caducado o sin él (algo que se sanciona con hasta 3.000 euros) o sin la ITV (supone una sanción de 200 euros si no pasaste la ITV en la fecha correspondiente o si circulas con un resultado de ITV desfavorable; pero de 500 euros si circulas con una ITV de resultado negativa; esto es, cuando el vehículo tiene absolutamente prohibido circular y sólo puede desplazarse en grúa).

Y, cómo no, como todos los años se plantea la duda sobre si es legal conducir llevando chanclas o hacerlo sin camiseta. Bueno, estas actividades no están descritas en el Reglamento de Circulación, por lo que, por no tanto, no están sancionadas como tales. Ahora bien, si te para algún agente de la autoridad, y cree que estas acciones pueden dificultar tu conducción, sí podría ponerte varias multas.

Respecto a las chanclas, podría llegar a imponerte una sanción de 80 euros por «conducir un vehículo sin mantener la propia libertad de movimientos» (Art, 18.1 del Reglamento de Circulación), al considerar que las chanclas te impiden controlar bien los pedales. Pero, si va más lejos, podría incluso sancionarte con 200 euros por «conducir sin la digilencia, precaución y no distracción necesarios para evitar todo daño propio o ajeno» (Art.3.1). En cuanto a la camiseta, llegado el caso y si no la llevas, podrían sancionarte con 200 euros por incumplir el citado artículo 3.1.

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