Las multas de tráfico más frecuentes en España

Enrique Espinós
Enrique Espinós
La DGT sigue alerta y por ello desde Autofácil te queremos informar de las multas más frecuentes que suelen notificar en España. Desde infracciones de velocidad, pasando por número de ocupantes dentro de un vehículo o no llevar los triángulos de seguridad o el chaleco reflectante.


SI TE VAS DE VIAJE

Cuidado con la velocidad: Te pueden multar si superas los 126 km/h

En la actualidad, los radares siempre dejan cierto margen antes de sancionar por exceso de velocidad. Según nos ha indicado la DGT, «en carreteras cuyo límite de velocidad supera los 100 km/h, el margen de error es del 5% para los radares fijos y del 7% para los móviles» –en vías rápidas limitadas a 120 km/h, un radar fijo te sancionará si rebasas los 126 km/h y, uno móvil, si superas los 128 km/h-; mientras tanto, para carreteras con un límite de velocidad inferior a 100 km/h «se aplica un margen de 5 km/h para los fijos y 7 km/h para los móviles».

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Guarda siempre la distancia de seguridad

Además de resultar peligroso, circular ´detrás de un vehículo sin dejar espacio libre que te permita detenerte, sin colisionar, en caso de frenada brusca del automóvil que te precede´, te supondrá una multa de 200 euros y cuatro puntos.

No transportar más pasajeros de los homologados

Si lo haces, los agentes te impondrán una sanción de 80 euros, siempre que en el vehículo viaje un número de personas que no supere en un 50% sus plazas homologadas -por ej., si van siete personas en un turismo de cinco plazas-. La sanción será de 200 euros si el número de personas excede ese 50% de plazas homologadas -en este caso, siempre se excluye al conductor; por ej., si circulan ocho personas en un turismo de cinco plazas-.

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Atento a cómo colocas el equipaje

Si llevas bultos o carga en el interior del vehículo de forma que ´interfiera en tu conducción´ o te impida ´mantener el campo de visión’, los agentes podrán sancionarte con 80 euros. Además, si llevas carga de forma que ´pueda arrastrar, caer, desplazarse de manera peligrosa o comprometer la estabilidad del vehículo…´ podrán imponerte una multa de 200 euros, e impedirte reanudar el viaje hasta que acondiciones de ‘forma adecuada’ la carga.
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Asegúrate de llevar los triángulos y chalecos

Carecer de uno o de otro elemento se sanciona con 200 euros. Recuerda que los triángulos siempre deben colocarse a 50 metros del vehículo: «En las vías de doble sentido tendrás que poner dos, uno delante y otro detrás del coche, pero en las de un único sentido -como en las autovías-, basta con colocar uno», explican agentes de la Guardia Civil. «Eso sí, se tienen que ver desde 100 m, por lo que si el vehículo está parado en una curva, se tendrán que colocar antes y/o después del giro». Respecto a los chalecos, es legal llevar uno solo, aunque se recomienda tener uno para cada ocupante del vehículo.

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AL VOLANTE, CERO ALCOHOL

Los controles de alcoholemia son uno de los aspectos en los que la DGT pone más atención y una de las trampas en la que suelen caer los conductores españoles. Ojito, y al volante, lo mejor es no beber ni una gota de alcohol si no quieres salir perjudicado.
 

LAS MULTAS QUE TE PUEDEN PONER EN LA CIUDAD

No aparques de cualquier manera

Si estacionas en zona ORA…y superas el tiempo por el que has pagado, las sanciones oscilan mucho en función de la localidad donde te ocurra: por ej., en Zaragoza sólo te multarán con 24 euros… frente a los 100 euros de Barcelona, Alicante o Sevilla; aunque la sanción más habitual es de 90 euros, en Madrid, Málaga, Logroño… Eso sí, en la mayoría de las grandes ciudades -excepto en A Coruña-, te permiten anular la multa antes de que pase una hora desde que te la pusieron… con un coste que va de los 3 a 6 euros.

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Si lo haces en doble fila: En función de la localidad, te pueden poner una sanción de 90 a 300 euros -esta última, por ej., en Madrid-.

Si estacionas en un vado, en zona de carga y descarga, en un paso de peatones…la multa puede oscilar -en función de la localidad- desde 100 a 300 euros; lo más habitual es que sean 200 euros. Además, los agentes municipales pueden retirar tu vehículo: en ese caso, tendrías que abonar también el coste de la grúa -de 150 euros aprox. en capitales como Madrid, Barcelona o Valencia- y las tasas de estancia de tu vehículo en el depósito municipal -desde 0,8 a 2 euros/hora, según localidad- antes de poder retirarlo.

O en un carril bus…Como las anteriores, pueden llegar a los 300 euros de multa -así lo establecen las ordenanzas de Madrid capital-, aunque, en la mayoría de municipios, las sanciones son de 200 euros. Ojo, porque en ciudades como Valencia o Barcelona, y en determinados carriles bus de algunas calles, se permite estacionar vehículos en horario nocturno.

En las plazas reservadas a personas de movilidad reducida: Si no dispones del distintivo que otorgan los ayuntamientos, la sanción es de 200 euros en cualquier localidad. Además, los agentes tienen la potestad de retirar tu vehículo -ver ´Si estacionas en un vado….’-.

Todos con el cinturón

Si es el conductor quien no lo lleva puesto, se le sanciona con 200 euros y la retirada de 3 puntos; si es un acompañante adulto, no se le retirarán puntos. Ahora bien, si en el vehículo va un menor que no lleva puesto el cinturón, la responsabilidad recaerá en el conductor, que será sancionado con 200 euros.

No te saltes un semáforo, ceda el paso, stop…

En cualquier municipio, por estas infracciones, te sancionarán -según el Reglamento de Circulación- con 200 euros y la retirada de cuatro puntos. Recuerda que, si no te detienes en un semáforo con luz ambar no intermitente, podrán multarte con 200 euros -sin puntos-.

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…o manejar el GPS en marcha. Está prohibido y sancionado con 200 euros y la retirada de 3 puntos. Ten en cuenta que, para que te multen por este motivo, no hace falta que el agente te pare; te puede denunciar ‘de oficio’ tomando los datos del vehículo: la sanción llegará al domicilio del titular del coche.

El claxon, solo lo imprescindible

Te sancionarán por su uso ‘indebido’ o ‘sin motivo’ con multas que oscilan desde los 56 euros -en Granada- a los 80 euros. También te multarán -con lo mismo- por ‘hacer uso de señales acústicas de sonido estridente’…así que atento al volumen de tu radio.