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Cómo no pagar las multas del Ayuntamiento

6 de Abril de 2010 | autofacil | 15490 visitas

multa

¿Sabes que el Ayto. de Madrid -el más grande de España- pondrá este año más multas -4,8 millones-… que la Guardia Civil en todo el país -2,2 millones-? Según las empresas quitamultas, las sanciones municipales son fáciles de recurrir… ya que, en muchos casos, el ayuntamiento es incapaz de presentar dentro de plazo las pruebas que te incriminan.

A más crisis, más multas… o, al menos, eso parece que se plantean los ayuntamientos españoles, que ven con alivio cómo las sanciones de tráfico podrían llenar sus maltrechas arcas. Sirva como ejemplo que, de 2008 a 2009, Madrid ha pasado de ingresar 176 a 270 millones de euros por infracciones de tráfico, y en Barcelona se pasó de recaudar 63,8 millones de euros en 2008, a más de 70 en 2009. Y no son excepciones: en casi todas las grandes capitales de provincia se espera ingresar este año hasta un 10% más que el pasado por este concepto. ¿Las sanciones más habituales? Las de aparcamiento -en zona limitada o por doble fila- que suponen hasta un 65% de las multas, seguidas de las de velocidad y las de hablar por el móvil.

Para saber cómo evitar pagar las sanciones, hemos hablado con expertos de las empresas recurremultas más conocidas -CEA, Dvuelta, Sinmultas, Autoplus…-, con policías, controladores de la hora…

¿Qué aconsejan los expertos?

Elena Grande, Responsable del Área jurídica de Dvuelta -900 774 774-.
“Se han de recurrir todas las sanciones, en cualquier vía: en la administrativa -durante los recursos-, en la ejecutiva -durante la reclamación del importe una vez que la sanción es firme- o, incluso, en los tribunales. En cualquiera de estas vías, podemos librarnos de una multa por errores de procedimiento como la prescripción, la caducidad, la atribución errónea…”.

Ana Mª Amador, Abogada del Departamento jurídico de CEA -902 321 902-.
“Ante una multa de tu ayuntamiento, tienes dos opciones: primero, aceptarla y pagarla con una reducción del 30%… o si crees que no eres culpable, recurrirla. Mucha gente, por falta de tiempo o desconocimiento, las deja pasar… y eso es una tontería: pierdes el derecho a defenderte o el derecho a la reducción en el pago”.

Álvaro García, Director de Sinmultas -915 566 788-.
“Cada ayuntamiento es distinto, pero nuestra experiencia nos dice que los recursos de multas se ganan ‘moviendo’ el expediente por  la Administración y forzando errores de procedimiento -que se sobrepasen los plazos, que no se presenten las pruebas solicitadas…-.”



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6 comentarios para “Cómo no pagar las multas del Ayuntamiento”

  1. Supongo que en cada ayuntamiento será un mundo. En el de Bilbao, por ejemplo, es una vergüenza, el procedimiento sancionador es de chiste, prescinden de los derechos legales y garantías constitucionales sin rubor de ningún tipo: Ya se sabe que el fin primordial es recaudar. El caso es que por mucha razón que tengas, te desestiman los recursos por sistema, sabedores de que tienen la sartén por el mango tratándose de multas de pequeña cuantía (100 0 200 €), pues si recurres a la vía judicial es probable que te den la razón, pero siempre saldrás perdiendo ya que habrás de pagar a un abogado de tu bolsillo, pues estos procedimientos no suelen admitir la condena en costas. En fin, yo he recurrido y no me han hecho ni caso, solo he conseguido perder tiempo y dinero. El sistema tiene innumerables corruptelas y ésta es una más, queda confiar en los jueces (compensa solo si la multa es elevada), con el riesgo que conlleva.

  2. Arturo dice:

    En Madrid, la aplicación del mal llamado “Servicio de Estacionamiento Regulado” (¿Servicio de qué?) no se hizo con total criterio y se impuso incluso en zonas donde era del todo innecesario, evidenciando intenciones recaudatorias abusivas, rayanas en el fraude. El sistema, además, nació y continúa viciado por otros motivos:
    - No se explica bien cómo funciona. Se presta a interpretaciones erróneas que normalmente acaban en multa.
    - No se paga por tiempo estacionado. El mínimo, aunque vaya a estacionarse sólo 5 minutos, es 20 minutos. A las telefónicas les metieron mano por algo parecido.
    - Los tiempos de aparcamiento no se ajustan a las necesidades reales de los usuarios. La mala memoria (que no la mala intención) se castiga con multas desproporcionadas, de auténtico atraco.
    - Las máquinas no devuelven cambio… y tampoco aceptan exceso de pago. Si el máximo a pagar es 1,80 y en el bolsillo sólo tienes una moneda de 2 €… ¡Multa por no tener cambio!
    - Los postes no siempre están cerca o a la vista y si tardas en localizarlos o en llegar a ellos porque tengas que cambiar… ¡Multa por lento!

  3. camales dice:

    yo tengo un cajon de multas sin pagar que me pasara? algunas tiene mas de tres años y no se nada no firmo nada las recojo

  4. alejandro dice:

    Hola esta mañana he firmado una carta certificada de correos y no deberia haberla firmado, ya que se trataba de una multa y además yo no soy el titular de dicha multa,¿puedo devolver la carta?, ¿puedo alegar que yo no soy la persona que buscan? , gracias.

  5. juan jose perez dice:

    Hola, me pusieron una multa en el ayuntamiento de granada por circular en el barrio del albaycin, el dia 29 de mayo del año en curso, yo me perdi y por error entre en este barrio en el que me las vi canutas para salir de él. el dia 25 de julio me llaman por telefono de la empresa recaudatoria del ayuntamiento de granada, diciendome que tenia una multa por lo anterior y que se habia publicado en el boletin oficial correspondiente al no encontrar la direccón de la empresa en Alicante y que al ser el coche propiedad de una empresa, debia de identificar al conductor. Mi pregunta es la siguiente: ¿Se puede publicar en el boletin sin antes intentar localizar y comunicar por escrito la multa?, puesto que yo no he recibido absolutamente nada del ayuntamiento de granada y mi empresa esta abierta mañana, tarde y noche los 365 dias del año, ¿esto no crea indefensión hacia el administrado?. Si han podido localizar el telefono de la empresa, tambien la direccón, ¿a los ayuntamientos se les exime entonces de cumplir con los requisitos de la ley de procedimiento administrativo?.

  6. javier dice:

    Hola,
    me ha llegado una multa por transitar con mi vehiculo por una calle restringida en Madrid.
    Cierto es que estaba buscando aparcamiento,no me di cuenta y me adentré un poco en la calle,frené y eché marcha atras.En la foto que me envian se ve claramente que estoy frenando.Tanto en la denuncia como en la foto se ve la matricula,pero dicen FORD OSCURO,cuando yo tengo un PEUGEOT 206 AZUL. ¿Es recurrible este fallo en la denuncia?
    Gracias

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