El domingo 10 de mayo se ha publicado en el BOE la nueva normativa que regula los requisitos para viajar en transportes públicos y privados durante la Fase 1. Esto es lo que puedes hacer y cómo debes hacerlo.
La normativa en concreto es la Orden del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana TMA/400/2020, que puedes consultar en el propio BOE haciendo click aquí. Las novedades principales es que se regulan los desplazamientos en motocicleta y se amplían las condiciones para viajar en coche. También se relajan las condiciones para viajar en camiones y transporte público. Todos estos cambios modifican la normativa anterior, la Orden TMA/384/2020 del 3 de mayo.
Se permite que monten hasta dos personas en motocicletas (si el vehículo está homologado para ello). Las condiciones son:
En camiones y vehículos comerciales que cuenten sólo con una fila de asientos, sólo podrán ir dos ocupantes. Deberán llevar mascarilla y guardar la máxima distancia entre ellos (es decir, dejarán libre la plaza central de la banqueta corrida).
Si todas las plazas son sentadas (autobuses de línea de medio y largo recorrido), se deben cumplir estos requisitos:
Si se puede viajar sentado o de pie (autobuses urbanos):
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