«Mi mujer tiene una discapacidad y, debido a ello, a la hora de comprar un coche está exenta de pagar el impuesto de Matriculación y el de Circulación. Además, al tener movilidad reducida, también abona un IVA del 4% en un coche nuevo. Estamos planteándonos la opción de adquirir nuestro próximo vehículo mediante renting pero no sabemos si, al recurrir a esta modalidad, mi mujer mantendría o perdería estas ventajas fiscales». D- Orta (E-mail)
Respuesta de la Asociación española de renting de vehículos -AER-: Daniel, nos tememos que, para que tu mujer pueda beneficiarse de las ventajas impositivas existentes, uno de los requisitos es que el vehículo se matricule a nombre de la persona con discapacidad. En el caso del renting, y como el titular del vehículo es siempre la compañía de renting, nunca se cumpliría dicha exigencia… y tu mujer no podría beneficiarse de las citadas ventajas.