Las cuantiosas multas que supone no tener seguro en un vehículo

Tener un vehículo sin seguro conlleva sanciones graves y pueden suponer un gran problema. Te explicamos todas las situaciones:
1.- ¿Qué te puede ocurrir si tienes el vehículo estacionado?
Te pueden sancionar incluso aunque ese vehículo que no tiene seguro esté aparcado en un garaje privado. Las sanciones son de 800 euros si se trata de un vehículo para el que se requiere el carnet B; y de 1.500 euros si precisa los permisos C1, C1+E, C+E, D1, D o D+E (camión o autobús), es un taxi o un vehículo de transporte escolar o servicios prioritarios.
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2.- ¿Y si circulas con un vehículo sin seguro?
Si te para la policía o Guardia Civil, o una cámara detecta la matrícula de tu coche y comprueba su situación administrativa, la sanción aumentará hasta 1.500 euros (vehículos que requieren carnet B) y 2.800 euros (C1, C1+E, C+E, D1, D o D+E, taxi, transporte escolar o servicios prioritarios).
Además, un agente de tráfico tiene la potestad para inmovilizar un vehículo sin seguro obligatorio durante un periodo mínimo de un mes; tres meses si es reincidente. Para recuperar el vehículo, tendrás que demostrar que has contratado el seguro obligatorio y hacerte cargo de los gastos del depósito o del precinto.
3.- ¿Y si vas con un coche sin seguro y tienes un accidente?

Si la culpa es tuya
No sólo tendrás que abonar la sanción por circular con un coche sin seguro, además, puede que tengas que pagar también la de circular con un coche sin ITV (un vehículo no superará la ITV sin seguro); de forma que si no has acudido a la última inspección y circulas con la ITV caducada, te sancionarán con 200 euros; y si no superaste la ITV y circulas con el vehículo, con 500 euros. Asimismo, si cometiste alguna infracción que causó el accidente también tendrás que abonar la correspondiente multa: por ejemplo, hasta 1.000 euros si conducías bajo los efectos de las drogas, hasta 600 euros en caso de exceso de velocidad, 200 euros si te saltaste un semáforo…
Pero esto no es lo peor, ya que, tal y como señala Carlos Lluch, “una vez el Consorcio de Seguros abone la indemnización correspondiente a los heridos y damnificados por tu accidente, te reclamará toda la indemnización”. Eso supone que, si no puedes abonar la cantidad, te embargarán tus cuentas y tus bienes, así como tu sueldo (cualquier cantidad mensual por encima del Salario Mínimo Interprofesional: para 2021, 950 euros/mes) hasta que satisfagas la cantidad de la indemnización.
Si la culpa es del contrario
“Recibirás la indemnización correspondiente por parte de la aseguradora, pero serás sancionado por circular sin seguro y por cualquier otra infracción que hayas podido cometer”, explica Lluch.