Hasta 6 puntos

Las multas de la DGT que restan 6 puntos del carnet de conducir

Cristina Muñoz
Cristina Muñoz
Las multas con las que se restan 6 puntos del carnet de conducir son muy abundantes, ya que con la nueva Ley de Tráfico algunas sanciones han aumentado el número de puntos a retirar.

La nueva reforma de Ley de Tráfico, que se puso en marcha el 21 de marzo de 2022, ha significado el aumento de la cuantía de algunas multas y también del número de puntos del carnet de conducir a retirar. Te mostramos cuáles son las multas con las que la DGT resta 6 puntos; el número máximo de puntos que una sanción puede conllevar.

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6 puntos del carnet de conducir

Las siguientes sanciones conllevan la retirada de 6 puntos del carnet de conducir, además de la correspondiente multa económica:

  • Tasa de alcoholemia: Si la tasa de alcohol en aire espirado supera los 0,50 mg/l (0,30 mg/l para noveles y profesionales), la sanción es de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir. Si se supera la tasa de alcoholemia de 0,60 mg/l en aire espirado, la infracción administrativa pasa a considerarse un delito contra la seguridad vial castigado con penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a tres meses; además, se perderá el carnet de conducir durante un periodo de entre uno y cuatro años.
multas que retiran más puntos del carnet de conducir
  • Consumo de drogas: La multa por dar positivo en un control de drogas es de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir. Aunque, si se conduce bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, el conductor se enfrenta a un delito castigado con una pena de prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a tres meses; además de la retirada del carnet de conducir por un periodo que puede ir desde uno hasta cuatro años.
  • Conducción temeraria: Si un agente percibe que has generado un riesgo o peligro por la forma de conducir, y que ha afectado tanto al propio conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de usuarios de la vía, puede sancionarte por conducción temeraria; la multa en este caso es de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
multas velocidad radares de tramo
  • Superar la velocidad máxima establecida en una vía: Circular a velocidades de entre 61 y 70 km/h en vías de 20 km/h; entre 71 y 80 km/h en vías limitadas a 30 km/h; entre 91 y 100 km/h en vías de 50 km/h; entre 151 y 160 km/h en vías de 90 km/h; entre 161 y 170 km/h, en vías de 100 km/h; y entre 181 y 190 km/h en vías de 120 km/h, supone 500 euros de multa y 6 puntos. Además, por ejemplo, circular a más de 190 km/h por una vía de 120 km/h conlleva una sanción de 600 euros y 6 puntos (en la tabla de arriba puedes ver todos límites y sanciones).
  • Conducir un vehículo que lleve un inhibidor de radares instalado (o cualquier otro sistema que pueda interferir en el funcionamiento de los sistemas de vigilancia): Los inhibidores rastrean los radares y anulan su funcionamiento, y está penado tanto su uso como el llevarlos instalados en el vehículo. La multa asciende hasta los 6.000 euros y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
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  • Utilizar o llevar en la mano el móvil: Con la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Tráfico se establece que sostener el móvil en la mano mientras vas conduciendo conlleva la misma sanción que si lo estás manipulando: 200 euros y 6 puntos del carnet.
  • Arrojar desde el coche a la carretera colillas encendidas, u otros objetos que puedan provocar un accidente: En este caso la multa económica es de 500 euros y 6 puntos del permiso de conducir. Esta infracción puede llegar a considerarse incluso un delito.
  • Adelantar a ciclistas poniéndolos en peligro: Para adelantar a los ciclistas hay que dejar una separación lateral mínima de 1,50 metros; además, hay que hacerlo a una velocidad moderada. En este caso, la multa por no cumplir esta norma es de 200 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.
  • Circular en sentido contrario o por carriles prohibidos: es una infracción muy grave, por tanto, cuya multa es de entre 200 y 500 euros y pérdida de 6 puntos del carnet.
  • Para los conductores profesionales del transporte, exceder los tiempos de conducción: Existen unas horas máximas durante las que pueden estar al volante los conductores profesionales, y si estas se superan en más del 50 % o se reducen en más de un 50 % los tiempos de descanso que establece la legislación, la multa será de 500 euros y la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir.
  • Los conductores profesionales si alteran el funcionamiento del tacógrafo (que registra los tiempos de conducción) también se enfrentan a 500 euros de sanción y la retirada de 6 puntos del carnet.