CATEGORÍA A
Patinetes pequeños,
hoverboards y monociclos de hasta 25 kg de peso y que alcanzan hasta 25 km/h.
CATEGORÍA C0
Bicicletas con cesta
grande, para uso personal, de hasta 300 kg y que alcancen hasta 45 km/h.
CATEGORÍA C1
Vehículos -bicitaxis- para el transporte
de hasta tres personas, incluyendo al conductor, de hasta 300 kg y que alcancen hasta 45 km/h.
CATEGORÍA C2
Vehículos para el transporte de mercancías de hasta 300 kg y que alcancen hasta 45 km/h.
Así deben circular los MVU
- La edad mínima para circular con uno de estos vehículos por la vía pública es de 15 años -los menores pueden utilizarlos en espacios cerrados al tráfico y acompañados de sus padres o tutores-, pero si los VMU transportan más personas además del conductor, este debe ser mayor de edad.
- Los conductores tienen prohibido el uso total o parcial de auriculares, así como circular con una tasa de alcohol superior a la legal o bajo los efectos de estupefacientes.
- El casco es obligatorio para los menores de 16 años usuarios de VMU de las categorías A y B, pero el Ayuntamiento recomienda su uso generalizado. El timbre, las luces y los elementos reflectantes son obligatorios para los VMU B y C.
- Los VMU no pueden circular por las aceras y espacios reservados a peatones, tampoco por el carril bus. En los parques públicos, sólo pueden circular por itinerarios en los que se permita la circulación de bicicletas.
- Los VMU -de cualquier categoría- sí pueden circular por calles en los que el límite máximo sea de 30 km/h -de un único carril o de un solo carril por sentido, el 85% de las del centro-, por las ciclocalles, carriles bicis protegidos, aceras bici y sendas ciclables.