¿Por dónde puedo circular con mi patinete eléctrico por la ciudad?

Es el medio de transporte alternativo que más rápido está creciendo y por ello, Ayuntamientos y DGT están trabajando para regularlos. Pero, ¿por dónde está permitido circular con un patinete eléctrico? Aquí encontrarás toda la información.


La llegada y posterior popularización del patinete eléctrico ha pillado por sorpresa a Ayuntamientos y a la propia DGT. Este rápido crecimiento ha provocado un vacío legal por el cual este tipo de transporte no cuenta con ningún tipo de marco legal. En las ciudades es competencia de los Ayuntamientos, pero a nivel estatal es la DGT quien tiene que tomar cartas en el asunto, quien ya ha anunciado que regulará el uso del patinete eléctrico.

En este sentido, ciudades como Madrid, Valencia o Barcelona —primera ciudad en regular el uso del patinete eléctrico—, ya cuentan con una normativa específica para el uso de patinetes eléctricos.

Madrid

La Nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible en lo referente a los vehículos de movilidad urbana —necesita ser aprobada por el Pleno—, permitirá circular a los patinetes eléctricos por calles residenciales a una velocidad máxima de 20 km/h, ciclocalles (vía exclusiva para la bicicleta), carriles bici protegidos, pistas bici, aceras bici y sendas bici. Está permitido su estacionamiento en zonas específicas para moto y bici y en la acera bajo condiciones especiales. De modo que está terminantemente prohibido circular con el patinete eléctrico por aceras o calzadas.

En cuanto a las empresas alquiladoras, tendrán que tener seguro obligatorio, tendrán que hacer frente a inspecciones municipales y, cuando no cuenten con un espacio físico de venta, tendrán que adquirir una concesión administrativa.

El uso del casco será obligatorio, mientras que la edad mínima para acceder a un patinete eléctrico será de 15 años. En el caso de infracción de cualquiera de las normas anteriormente descritas, la multa puede ser de 0 a 3.000 euros.

Barcelona

Como recoge la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos de la Ciudad Condal, los patinetes eléctricos pueden circular a una velocidad máxima de 10 km/h por calles sin acera levantada y carriles bici ubicados en la acera. Mientras que en los carriles bici que discurran por la calzada pueden circular a una velocidad máxima de 30 km/h. Como sucede en Madrid, tienen prohibido la circulación por aceras o calzadas. Su estacionamiento solo está permitido en zonas específicas para la bici o la moto.

Para circular con ellos es necesario el uso de casco y para mayores de 16 años. Las multas por una infracción de las normas se sitúan entre 100 y 500 euros.

Valencia

Valencia retiró recientemente multitud de patinetes eléctricos a todas aquellas empresas que no contaran con la licencia específica. Esta problemática ha desembocado en la presentación de un borrador de la nueva ordenanza de circulación de València, que prohíbe a los patinetes eléctricos circular por las aceras aunque sí podrán hacerlo por carriles bicis, ciclocalles y zonas residenciales con una velocidad máxima de 30 km/h.

Dichos patinetes eléctricos tendrán que llevar luz y timbre, mientras que el uso del casco no será obligatorio.

 

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