Sanciones

¿Cuál es la multa por conducir un coche sin etiqueta dentro de la M-30?

Noelia Soage
Noelia Soage
Acceder la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) del Ayuntamiento de Madrid con un turismo sin distintivo medioambiental será multado con 200 euros de multa, 100 si se abona con pronto pago, pero no perderás puntos del carné de conducir

El Ayuntamiento de Madrid ya ha comenzado a multar telemáticamente a los turismos sin etiqueta (distintivo medioambiental A) que representan, de media, el 14% de los vehículos que entran diariamente en la ciudad. En concreto, se multará a los modelos gasolina matriculados antes del año 2001 y diésel antes del 2006, que accedan sin autorización al centro de la ciudad, o lo que es lo mismo, a la conocida Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de la capital y Plaza Elíptica.

En concreto, se trata de las vías públicas urbanas del interior de la M-30 que comprenden los distritos de Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamberí, Chamartín, Tetuán y parte de los distritos de Moncloa-Aravaca y Fuencarral-El Pardo. Y, ¡ojo!, porque a partir de enero de 2023 ya tampoco podrán acceder a la propia M-30.

Madrid activa el escenario 1 del protocolo anticontaminación: límite de velocidad a 70 km/h en la M-30
La multa será mayor si también está activo el protocolo anticontaminación

De hecho, los modelos que accedan a estas zonas restringidas serán multados a no ser que figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Consistorio de Madrid o estén domiciliados en el Registro de Vehículos. Y saltarse estas restricciones y acceder con un coche sin etiqueta está considerado una grave infracción, según la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entró en vigor el pasado 21 de marzo.

Lo que implica 200 euros de multa, 100 si se abona con pronto pago. Además, ten en cuenta que si está activado el protocolo anticontaminación, las sanciones graves serán muy graves y la multa será mayor; aunque no perderás puntos del carné de conducir. Ante un protocolo de contaminación, cabe resaltar que, si se trata de un escenario 2, no podrán circular ni por la M-30 los turismos sin etiqueta desde ya; y, ante un escenario 3, en todo el término municipal.

Pero esta nueva prohibición al a circulación en Madrid es solo, de momento, para los turismos. Es decir, sí podrán continuar accediendo al interior de la M-30, los vehículos destinados al reparto urbano de mercancías, los vehículos adaptados para ser conducidos o trasladar a personas con movilidad reducida, los coches históricos, los vehículos de emergencias y los de las fuerzas armadas, así como las motos (solo pueden acceder hasta las 22 horas). Eso sí, para no recibir una multa tendrán que registrarse en el sistema de gestión de accesos a Madrid ZBE

Madrid, puerta de Alcalá

Los vehículos que sí pueden acceder a estas zonas sin restricciones, por el momento, son los que luzcan las etiquetas B y C siempre que lo hagan para estacionar en un parking autorizado (no vale un estacionamiento de la zona SER), así como los ECO y CERO.

Y decimos de momento ya que la ordenanza Madrid 360 comprende la creación de zonas de bajas emisiones ó ZBE para mejorar la protección ambiental en los 21 distritos. Es decir, todo el término municipal ha sido declarado ZBE, si bien las restricciones circulatorias se irán aplicando de manera progresiva hasta 2025.